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Furgón de correo

LÍNEAS DE FERROCARRIL

Alcázar de San Juan a Quintanar de la Orden

 
Historia
Carlos Torres
 

Sinopsis

La concesión de este Ferrocarril fue otorgada a Carlos Vázquez Cervela por Real orden de 7 de junio de 1864, como primer paso de un proyecto de mayor envergadura que pasando por Villamayor de Santiago, Abia de la Obispalía y a través de la Sierra de Cabrejas continuara hasta Cuenca, teniendo incluso la pretensión de llegar a Zaragoza.

Tras un pomposo acto de inauguración de las obras celebrado en Alcázar de San Juan el 6 de julio de 1864, su construcción se fue dilatando en el tiempo en una rocambolesca sucesión de cambios de titularidad en la concesión, prórrogas de terminación, pleitos y reclamaciones de los acreedores contra la "Compañía del Ferrocarril de Alcázar de San Juan a Quintanar de la Orden", que condujeron a la caducidad definitiva de la concesión por Real orden de 7 de enero de 1878, cuando prácticamente se encontraba terminada la plataforma de la vía.

Mientras se dirimían las diferencias en los tribunales, se procedió a subastar en tres ocasiones la concesión sin que se presentase oferta alguna, renunciando el Estado a hacerse cargo de su construcción.

Con la sentencia dictada por los Tribunales, finalmente el Gobierno reconoció a José María Villamar y Rodríguez como único acreedor debidamente reconocido contra la Compañía del ferrocarril, otorgándole la concesión por Real orden de 20 de diciembre de 1897. Sin embargo, al no hacer efectivo el depósito de la fianza, por Real orden de 21 de febrero de 1898 se dejó sin efecto la concesión, imposibilitando una nueva subasta.

El carpetazo final al proyecto fue dado por la Ley de 25 de diciembre de 1912, segregando este Ferrocarril del plan general anexo a la Ley de Ferrocarriles de 23 de noviembre de 1877.

Heredero de este Ferrocarril es el Ferrocarril Villacañas-Prado a Quintanar de la Orden, concedido por Real orden de 24 de junio de 1907 a Cipriano Tejero Sánchez al amparo de la Ley de Ferrocarriles Secundarios de 30 de julio de 1904, que fue inaugurado en vía estrecha el 1 de enero de 1909 y transformado a ancho ibérico el 8 de abril de 1929.

 

El Ferrocarril de Alcázar de San Juan a Quintanar de la Orden formaba parte de un proyecto más ambicioso que continuaría hasta Cuenca y con pretensiones de llegar a Zaragoza. El que nos ocupa quedó abandonado, su prolongación a Cuenca con el estudio efectuado y aprobado y su culminación por tierras aragonesas no pasó de la fase de proyecto.

Las primeras referencias para la construcción de un ferrocarril en Quintanar de la Orden las encontramos en dos reales órdenes por las que el Gobierno autorizó la realización de sendos estudios. La primera data del 21 de junio de 1856 y hace referencia a la autorización concedida a Pedro Nolasco Mota para realizar un estudio de un ferrocarril que desde Quintanar de la Orden enlazara con el del Mediterráneo cuyas obras se estaban ejecutando entre Aranjuez y Almansa [1]. La segunda, de fecha 11 de abril de 1862, se refiere a la autorización otorgada a Lorenzo Guillelmi para realizar su continuación a Cuenca [2].

 

No sabemos si estos estudios guardaban alguna relación con el efectuado por la empresa Vázquez Cervela y Compañía para construir un ferrocarril de Cuenca a Alcázar de San Juan que, pasando por Quintanar de la Orden, fusionaba los dos anteriores.

Lo cierto es que Carlos Vázquez Cervela convocó una reunión en Madrid el 18 de diciembre de 1863 para presentar el proyecto de construcción de un ferrocarril de Cuenca a Alcázar de San Juan, que ya había sido aprobado por el Gobierno el 16 de octubre. A esta primera junta preparatoria, que pretendía sumar apoyos económicos y financieros para llevar a cabo este proyecto, asistieron numerosos senadores, diputados e inversores [3].

Esta vía férrea, iría destinada a dar salida a los ricos productos mineros, agrícolas, e industriales de la provincia de Cuenca, y gran parte de la de Toledo que estaban estancados por la falta de comunicaciones. Su conexión en Alcázar de San Juan con la línea de Madrid a Alicante, en servicio desde 1858, supondría una gran ventaja comercial.

La longitud total del ferrocarril fue estimada en 150 km; el presupuesto de 45 a 48 millones de reales; el importe de su movimiento en 11 millones y sus rendimientos en un 7,44 por 100 después de satisfecho el 6 por ciento del interés del capital.

El proyecto partía de Cuenca en el paraje denominado La Ventilla, junto al río Júcar. Por la vega del río, tomando la cañada de Colliguilla, se dirigía a las localidades de Nohales y Chillarón hasta las estribaciones de la sierra de Cabrejas que atravesaría por un túnel de 400 m. Posteriormente se encaminaría hacia Abia de la Obispalía, Villamayor de Santiago y Quintanar de la Orden, hasta empalmar en Alcázar de San Juan con la línea férrea del Mediterráneo [4].

La Ley de 23 de marzo de 1864 autorizó al Gobierno a otorgar a Carlos Vázquez Cervela la concesión del tramo de Alcázar de San Juan a Quintanar de la Orden, de 26,360 km de longitud, a la espera de que si tenía éxito, autorizar su prolongación hasta Cuenca [5].

La concesión de la línea, presupuestada en 2.941.711 pesetas (11.767.023,71 reales), de las que el Ayuntamiento de Quintanar de la Orden aportaría 111.838 pesetas para el inicio de las obras de explanación, fue finalmente otorgada a Carlos Vázquez Cervela por Real orden de 7 de junio de 1864 [6].

Con arreglo a la vigente Ley de Ferrocarriles de 1855 [7] la concesión se dio por 99 años y sin subvención alguna del Estado, sujeta al proyecto y tarifas de los precios máximos de peaje y transporte y relación de material libre de derechos, aprobados por Real orden de 16 de octubre de 1863 y al pliego de condiciones particulares aprobados por el Gobierno para este objeto por Real orden de 26 de mayo de 1864. La explanación y obras de fábrica serían para vía única, si las necesidades del tráfico no exigieran una segunda, fijando un plazo de tres años para su construcción.

 

Las obras se inauguraron con grandes fastos en un acto celebrado el 6 de julio de 1864 en Alcázar de San Juan. Para la ocasión se dispuso de un tren especial con coches de 1ª clase que partió de Madrid a las 8.00 h, llegando a Alcázar de San Juan a las 12.30 h. A este acto inaugural asistieron más de 250 invitados entre los que se encontraban las máximas autoridades provinciales y locales, políticos tan ilustres como Luis González Bravo y Pascual Madoz y que los periódicos de la época reseñaron en sus páginas [8]. Como era costumbre de la época en los actos de relevancia social, el concesionario hizo entrega de un donativo para distribuirlo entre los pobres de solemnidad, que ascendió a 5.000 reales [9].

La empresa parecía estar encarrilada, haciendo eco también la prensa de un contrato alcanzado para la compra de materiales entre los promotores y tres fábricas belgas: con la de Mr. Blondeau y Compañía, de Thy-le Chateau, los raíles; con la denominada de San Leonardo, de Lieja, las locomotoras y con la Compañía general de materiales, de Bruselas, los vagones, por un importe cercano a los 2.000 francos [10].

Por otra parte, las obras avanzaban a buen ritmo, de manera que la Dirección general de Obras públicas daba a conocer que a finales del tercer trimestre de 1865, habían quedado concluidos 26 kilómetros y 100 metros de la explanación. Con respecto a las obras de fábrica, detallaba que de las 9 alcantarillas, tajeas, caños y sifones, 5 estaban en construcción y 4 habían concluido [11].

El emplazamiento definitivo y la disposición general de las estaciones y edificios respectivos fueron firmados en Madrid el 6 de mayo de 1865 por el Director General del ferrocarril, Carlos Vázquez Cervela y el Ingeniero jefe, Carlos Ibáñez siendo aprobados por Real orden de 29 de mayo de 1866, siendo Director general de Obras públicas, Frutos Saavedra Meneses.

El ferrocarril empalmaba con las líneas generales de Madrid a Alicante y a Cádiz en la estación de Alcázar de San Juan (estación de bifurcación establecida en 1855), a 150 m de la aguja Madrid y terminando en Quintanar de la Orden, en la carretera a Villacañas y a 200 metros de la carretera de Madrid a Valencia. La longitud total era de 27 kilómetros y 700 metros, contando desde Alcázar, con pendientes máximas de 0,01 por 100 y radio mínimo de curvas de 500 metros, manteniendo un perfil longitudinal inmejorable, prácticamente horizontal y sin obras de plataforma y de fábrica relevantes.

En el kilómetro 20 se encontraba la villa de Miguel Esteban, que contaba con 500 habitantes y producciones de vinos y cereales. En el kilómetro 27, Quintanar de la Orden con 1.700 habitantes y con producciones de cereales, vinos, fábricas de aguardientes, sombreros, curtidos, cerillas y harinas, siendo además el mercado de la provincia de Cuenca y de parte de las de Toledo y Ciudad Real. Tanta importancia se dio al comercio que al efectuarse los estudios en 1863, se calcularon sus rendimientos en bruto en 1.640.000 reales por año.

Sin embargo, una serie de problemas económicos [12] relacionados al parecer con un embargo de un negocio que Cervela tenía en Madrid, empezaron a torcer el proyecto dando lugar a una rocambolesca sucesión de acontecimientos.

 

Por escritura pública de 11 de marzo de 1866 el concesionario solicitó la transferencia de la concesión del Ferrocarril a Carlos Augusto Moreau [13] que fue autorizada por Real orden de 13 de abril de 1866 [14]. No se han encontrado los motivos que movieron a ambas partes a rescindir esta escritura pública poco tiempo después, pero a instancia del certificado emitido por el Juzgado de paz del distrito de la Audiencia en Madrid, el Gobierno dejó sin efecto la transferencia por Real orden de 29 de diciembre de ese mismo año [15].

De nuevo Cervela como concesionario legal, y acuciado por el plazo de terminación de las obras (fijado en tres años), solicitó una prórroga para la terminación del ferrocarril.

La Real orden de 11 de agosto de 1867 le concede una primera prórroga hasta el 7 de junio de 1869, fecha en la que debería hallarse terminado y dispuesto para la explotación [16].

Con esta estrategia intentaba ganar tiempo con el objeto de conseguir la financiación necesaria mediante la constitución de una compañía. El 7 de agosto de 1868 tiene lugar la escritura fundacional de la Compañía que toma por nombre “Compañía del Ferro-carril de Alcázar de San Juan á Quintanar de la Orden”, con domicilio social en Madrid y cuyos estatutos son aprobados ante el notario Luis González Martínez con fecha de 11 de marzo de 1869. La Compañía quedó constituida provisionalmente, para cuya constitución definitiva debían solicitar la preceptiva autorización del Gobierno de acuerdo a la vigente Ley de 28 de enero de 1848 [17].

La derogación de ésta por la Ley de 19 de octubre de 1869 [18] (de corte liberal y firmada por el Premio Nobel de Literatura en 1904 José Echegaray y Eizaguirre), que declaraba libre la creación de Sociedades al eliminar el intervencionismo del Estado, lleva a que el 5 de julio de 1870 ante el notario Mariano Demetrio de Ortiz y Gálvez la Compañía quede constituida definitivamente y sin más trámites [19].

El capital social se fijó en 12 millones de reales de vellón (1.200.000 escudos) dividido en 6.316 acciones de 1.900 reales (190 escudos), emitiendo en un primer momento 4.211 acciones necesarias para la constitución de la sociedad, quedando el primer consejo administrativo integrado por:

  • Presidente: José Nacarino Bravo.
  • Vocales: Francisco Mateu Arias Dávila Conde de Cumbres-Altas, Narciso Buenaventura Selva, Adolfo Abreu y Rolando y Antonio Fernández Pulido
  • Director General: Carlos Vázquez Cervela (Coronel retirado de Artillería).
  • La Vicepresidencia y una vocalía fueron reservadas como reclamo a nuevos inversores.

El artículo 2 de los Estatutos, establecía que la Compañía tendría por objeto la construcción y explotación del Ferrocarril de Alcázar de San Juan a Quintanar de la Orden y su continuación hasta Cuenca si se obtuviere la autorización del Gobierno, ante el que el concesionario Vázquez tenía presentados los estudios realizados al efecto.

Por otra parte, el artículo 8 fijaba que el concesionario renunciaba y traspasaba a la Compañía todos los derechos sobre la concesión y a cambio recibiría 2.000.000 de reales de vellón por la inversión ya efectuada a fecha 1 de enero de 1869.

La constitución de la Compañía no solventó los problemas financieros ya que no llegó a cubrir todo el capital social y unido a la crisis de crédito iniciada en 1866, abocaron a la Sociedad a solicitar con fecha de 9 de julio de 1870 una segunda prórroga por un año.

El Gobierno atendió la demanda por Real orden de 18 de noviembre de 1870 “considerando las críticas circunstancias por las que atraviesa el crédito y los esfuerzos que la empresa hace para concluir las obras, como las dificultades con que, por las mismas causas económicas, había de luchar el nuevo concesionario si se declarase la caducidad para terminar con rapidez el camino”, concediendo un año más de prórroga, a los tres anteriormente otorgados, pero con la advertencia de declarar la caducidad de la concesión si el 7 de junio de 1871 (fecha en que dicha prórroga expiraba), no se hallaba concluido el Ferrocarril [20].

En abril de 1871, las obras de la vía se encontraban casi terminadas y un estudio económico realizado para analizar la viabilidad del proyecto arrojaba las siguientes cifras [21]:

Expropiaciones
Movimiento de tierras
Obras necesarias para la terminación de las estaciones de Miguel Esteban y Quintanar
Telégrafo
Balasto
Traviesas
Asiento de vía
Casas de guarda y pasos a nivel

Total (reales de Vellón):

Material (máquinas, vagones, coches, carriles, plataformas, etc.)

Total (reales de Vellón):

10.000
35.000
50.000
50.000
360.000
320.000
154.000
160.000

1.139.000

3.000.000

3.000.000

Suma Total:
4.139.000

Subvenciones de los pueblos:
Quintanar de la Orden
Miguel Esteban
Alcázar de San Juan

Total:


400.000
130.000
150.000

680.000

Quedan:
3.459.000
Créditos de los contratistas que entran en la nueva Sociedad
1.700.000
TOTAL GENERAL:
5.159.000
Producto líquido de la vía en explotación
600.000

Quizá buscando otra alternativa, con fecha de 28 de abril de 1871, Carlos Vázquez Cervela remite una nueva instancia al Ministerio de Fomento solicitando, como concesionario de la línea, la transferencia de la concesión a favor de Esteban Alfonso Lorain, que le es concedida por Real orden de 25 de mayo de 1871 [22].

La transferencia de la concesión a la Compañía, contemplada en sus Estatutos, nunca se llevó a cabo como expone dicha orden, en la que considera a la Compañía solo constructora y explotadora y, a pesar de estar próxima la caducidad de la concesión por haber agotado los 4 años máximos de prórroga (Decreto-ley de 29 de diciembre de 1866), se accedió a la petición puesto que el concesionario gozaba aún de sus derechos.

La extendida práctica dilatoria de ir solicitando prórrogas concluiría con la otorgada por Ley de 24 de julio de 1871 [23], entrando en caducidad el 7 de abril de 1872, una vez expirado el último plazo concedido de diez meses.

Ese mismo año la Compañía entra en quiebra nombrándose una Comisión liquidadora de acreedores contra la Compañía del Ferrocarril de Alcázar de San Juan a Quintanar de la Orden (en adelante "la Comisión liquidadora") que se perderá en sucesivos pleitos y reclamaciones entre los acreedores.

A pesar de la caducidad en firme, en un intento desesperado de rentabilizar su inversión de algún modo, la Comisión liquidadora, aprueba en la Junta general celebrada el 30 de diciembre de 1875 un convenio de cesión a favor de Pedro García de la Torre, apoderado de Enrique Fernández Villaverde. Previamente la Comisión liquidadora ya había llegado a un acuerdo con Lorain (concesionario reconocido por la Administración), para que les traspasara la concesión, del que ya se había dado cuenta en la Junta celebrada el 29 de diciembre de 1872. Pero surge otro contratiempo; la demencia declarada en el concesionario Lorain que retrasaría la firma del convenio hasta que un Tribunal determinara la personalidad de su representación legal que recaería sobre su mujer Maria Fornieria.

 

Tras el fallo del Tribunal, la Comisión liquidadora solicitó el 31 de enero de 1877 la aprobación de la renuncia y transferencia de la concesión a su favor. Esta propuesta sería desestimada por Real orden de 23 de agosto de 1877 alegando que los derechos sobre la concesión habían caducado el 7 de abril de 1872, fecha en la que expiró la prórroga concedida por Ley de 24 de julio de 1871, declarando al mismo tiempo su caducidad [24].

Declarada caducada definitivamente la concesión por Real orden de 17 de enero de 1878, de acuerdo a lo establecido en los artículos 25 a 28 de la Ley de 1855 para estos casos, la Administración procedió a subastar las obras ejecutadas junto con la concesión, hasta por tres veces sin que se presentara postor alguno. La primera subasta sería autorizada por Real orden de 3 de septiembre de 1878 fijándose para las 13 horas del 10 de diciembre de 1878, con la tasación de 403.596,57 pesetas aprobada por Real orden de 13 de agosto de 1878. La segunda, autorizada por la Real orden del 24 de diciembre de 1878 y fijada para las 13 horas del 24 de marzo por un importe de 269.064,38 pesetas (las dos terceras partes). La tercera y última, autorizada por Real orden de 26 de marzo de 1879 y fijada para las 13 horas de 6 de mayo de 1879 por un importe de 201.798,28 pesetas (la mitad de la tasación) [25].

Declarada desierta esta tercera subasta, solo quedaba aplicar el artículo 29 de la Ley de 1855, o sea, continuar las obras del ferrocarril por cuenta del Estado, para lo cual el Gobierno, si así lo estimaba oportuno presentaría a las Cortes el correspondiente proyecto de ley.

Pese a que estaba contemplado como ferrocarril de interés general, la poca importancia de la línea y la escasez de recursos del Tesoro, desaconsejaron esta opción. No obstante, con el fin de proporcionar una alternativa para su terminación, valorando el avanzado estado de ejecución y la inversión efectuada (tasada como se ha indicado en 403.596,57 pesetas) que llegaría a perderse si se paralizaran las obras, el Gobierno autorizó al Ministerio de Fomento por Real Decreto de 2 de abril de 1880 [26] la presentación a las Cortes de un proyecto de ley para otorgar a los acreedores contra la Compañía del Ferrocarril de Alcázar de San Juan a Quintanar de la Orden la concesión del ferrocarril.

El proyecto de ley fue leído en la sesión de las Cortes de 7 de abril [27] y aprobado por Ley de 25 de junio de 1880 [28] en los siguientes términos:

1º. La concesión se otorgaría a los acreedores contra la Compañía del Ferrocarril de Alcázar de San Juan a Quintanar de la Orden, legítimamente representados por su Comisión liquidadora o en la forma que determinasen los tribunales ordinarios.

2º. La concesión se otorgaría con arreglo al proyecto aprobado, tarifa y pliego de condiciones que sirvieron de base a las tres subastas anunciadas para su concesión después de declarada la caducidad de la primitiva.

3º. Si el Gobierno considerase preferible sustituir la concesión con la de un ferrocarril económico o de vía estrecha o con la de un tranvía, utilizando las obras ya ejecutadas, quedaría autorizado para hacerlo con sujeción a la Ley de Ferrocarriles de 1877.

La Comisión liquidadora solicitó el 7 de julio de 1880 la concesión con arreglo al artículo tercero, es decir como ferrocarril económico, instancia resuelta por Real orden de 3 de febrero de 1881 que con el dictamen del Consejo de Estado estableció dos condiciones:

1.-  Siempre que los tribunales no determinaran otra forma de representación y que a fin de prevenir nuevas reclamaciones (como las presentadas por el Ayuntamiento de Quintanar y Manuel Castellanos a los cuales consideraba como acreedores), se convocara Junta General de acreedores bajo la presidencia del Gobernador de la provincia con el objeto de que éstos ratificaran las atribuciones de la Comisión liquidadora.

2.- Si se solicitara como sistema económico, la concesión no sería definitiva hasta que se aprobara el correspondiente proyecto y se aceptara el pliego de condiciones particulares que se emitiera al respecto.

Para cumplir la primera condición, se convocó Junta general de acreedores para el 1 de mayo de 1881 [29] en cuya acta se reconocerían los créditos del Ayuntamiento de Quintanar, de Ramón López de Haro y Manuel Castellanos.

Para la segunda condición, el 18 de marzo de 1886, José Nacarino Bravo como presidente de la Comisión liquidadora y Francisco Rodríguez Hermúa, como secretario, presentaron una nueva instancia, solicitando el otorgamiento de la concesión, pero esta vez con arreglo al artículo segundo de la Ley de 25 de junio de 1880, es decir en ancho normal y por tanto sujeto a las condiciones ya establecidas por las cuales salió a subasta en el año 1878.

 

Puesto que los tribunales todavía no se habían pronunciado al respecto, la Comisión liquidadora es reconocida como legítima concesionaria por Real orden de 5 de mayo de 1886 [30].

No acabarían aquí los conflictos, ya que las desavenencias y disputas entre los miembros de la Comisión liquidadora y los acreedores irían en aumento, surgiendo varias incidencias relativas a la nulidad de la transferencia, a la validez de las Juntas de acreedores y a sus convocatorias que harían necesaria la intervención de las Secciones de Estado y Gracia y Justicia de Gobernación y de Fomento del Consejo de Estado, cuyas resoluciones servirían de base para la Real orden de 27 de mayo de 1890, cuyas vicisitudes pasamos a relatar a continuación.

El 4 de junio de 1886 José Nacarino Bravo y Francisco Rodríguez Hermúa presidente y secretario respectivamente de la Comisión liquidadora, solicitaron la aprobación de la transferencia de la concesión a favor de Pedro García de la Torre, aportando la correspondiente escritura de venta, el acta de la Junta de acreedores celebrada el 30 de diciembre de 1875 en la cual se aprobó el convenio que facultaba a la Comisión para la venta y clasificación de los títulos y el acta de la celebrada el 1 de mayo de 1881 en la que se ratificó el nombramiento del Presidente de aquella, fijándose por Real orden de 14 de agosto de 1886 los documentos que debían aportar para poder resolver pero que sin embargo no llegarían a presentarse.

El 12 de marzo de 1887 José María Villamar y Francisco Rodríguez Hermúa presentaron nueva instancia como “presidente accidental” y secretario de la Comisión liquidadora para que se denegase la transferencia tanto por no haberse presentado en tiempo algunos documentos como por resultar lesiva para los verdaderos acreedores.

 

El día 15 de ese mismo mes de marzo se registró otra, promovida esta vez por Ángel Herráiz y Antonio Fernández en concepto de miembros de la misma Comisión, pidiendo la desestimación de la anterior, alegando que José María Villamar no era presidente de ningún tipo y los firmantes no estaban facultados por la Comisión liquidadora para tomar decisión alguna.

La Administración mediaría en el conflicto dictando la Real orden de 22 junio 1887 [31] por la que, para que se pudiera autorizar la transferencia, abría un plazo de un mes para la presentación de la documentación establecida por la Real orden de 14 de agosto de 1886.

Finalizado el plazo, se resolvería por Real orden de 3 de julio de 1888, que no procedía aprobar la transferencia al no haberla solicitado los acreedores reconocidos y representados en la forma que para estos casos prevenían las leyes, fijando un nuevo plazo de ocho meses para normalizar la representación de los acreedores.

Para ello, el secretario de la Comisión Francisco Rodríguez Hermúa convocó Junta para el 30 de septiembre de 1888. Sorpresivamente, ésta sería desconvocada por Pedro García en calidad de “presidente accidental” de la misma, emplazando en su lugar a los acreedores para que en el plazo de 30 días presentasen los títulos justificativos de los créditos, para su reconocimiento y graduación en la presidencia accidental de la Comisión situada en el Paseo de Las Acacias nº 2, domicilio distinto del habitual [32].

Contra la convocatoria y celebración de esta Junta, el presidente titular José Nacarino Bravo recurrió alegando que, en realidad, la Comisión solo había citado a los acreedores para que justificasen sus créditos, con objeto de convocar posteriormente la oportuna Junta en la que se daría cuenta del cumplimiento de las obligaciones de la Real orden.

 

Las Secciones de la Administración emitirían dictamen por Real orden de 15 de febrero de 1889 en la que no se consideraba válida la Junta de acreedores celebrada el 30 de septiembre, instando al presidente a reiniciar el proceso, es decir convocar nueva Junta general para el reconocimiento y graduación de los créditos y una vez efectuado sería cuando la Junta general podría tomar acuerdos otorgando facultades concretas y explícitas a la Comisión liquidadora.

El 16 de mayo de 1890 Nacarino Bravo remitió el acta de la Junta celebrada el 12 de mayo, que sería impugnada por varios acreedores, entre ellos Rodríguez Hermúa (quien de hecho la había abandonado en señal de protesta) alegando que en dicha Junta se reconocieron como acreedores a los accionistas de la extinta Compañía, cuyos derechos como acreedores fueron anulados por la Junta general celebrada el día 29 de diciembre de 1872, acuerdo ratificado en la celebrada el 30 de diciembre de 1875.

Para poner fin al conflicto administrativo planteado, y tras los sucesivos dictámenes de las Secciones, el Ministerio de Fomento decretó por Real orden de 27 de mayo de 1890 [33] la nulidad de la Junta y de todos los acuerdos adoptados, y a fin de determinar exactamente la personalidad de aquel o aquellos a quienes correspondía de derecho el título de concesionario, emplazaba a los acreedores a sustanciarla ante los tribunales ordinarios para que éstos establecieran el reconocimiento y graduación del crédito, y con el fallo emitido, acreditar ante la Administración haber cumplido los requisitos y formalidades enunciados, resolviendo en los siguientes términos:

1º. No considerar válida la Junta de acreedores celebrada el 12 de mayo de 1890 bajo la presidencia de José Nacarino.

2º. Que los interesados acudiesen si lo estimasen oportuno a los tribunales ordinarios para que hiciesen la graduación de créditos y designación de los acreedores que debían tener el carácter de concesionarios.

3º. Que una vez emitido el fallo, los concesionarios nombrasen a las personas que les representasen ante la Administración, haciendo constar con toda claridad, las atribuciones que se les conferían.

4º. Conceder a los acreedores un nuevo plazo de doce meses para efectuar cuanto se prevenía en las dos disposiciones anteriores, prorrogables solo en si los Tribunales no se hubieran pronunciado.

 

Contra esta Real orden, Nacarino Bravo como presidente de la Comisión liquidadora interpuso recurso contencioso administrativo que fue incoado por el Tribunal con fecha 15 de noviembre de 1890 [34]. El fallecimiento de aquel en enero de 1893 [35], “alma máter” de la Comisión liquidadora, llevaría, tras una providencia de la Sala dictada el 14 de junio de 1893 [36] requiriendo a quien ejerciera la representación de la Comisión liquidadora, al archivo del recurso dando por desestimada la demanda.

Mientras se sustanciaba este pleito, a instancia del Vocal de la Comisión Ángel Herráiz y de Pedro García de la Torre, el Ministerio de Fomento decretó por Real orden de 22 de febrero de 1894 que quedase sin efecto la transferencia solicitada por la Comisión liquidadora y se anulase la concesión otorgada por la Real orden de de mayo de 1886, declarando viva y en todo su vigor la Ley especial de 25 de junio de 1880 (la Ley que había autorizado al Gobierno a otorgar la concesión a los acreedores de la Compañía).

Una vez firme la Real orden de 27 de mayo de 1890 por el fallo del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, y para cumplir la disposición segunda de aquella (reconocimiento ante los Tribunales), Villamar acudió a los Tribunales solicitando la declaración de acreedor de la Compañía. Admitida la demanda, el Juez emplazaría al resto de los acreedores a presentar alegaciones [37]. No presentándose alguna, por sentencia del Juzgado de primera instancia del distrito de la Audiencia de Madrid de fecha 28 de diciembre de 1895, Villamar es declarado como único acreedor que había justificado este carácter, reconociéndole a efectos de la Real orden de 27 de mayo de 1890 como acreedor de la Compañía, por un crédito de 166.549,69 pesetas.

 

Transcurridos doce meses desde que se dictó la sentencia sin que se presentara recurso alguno, adquiere carácter de firme, lo que permitiría a Villamar solicitar al Ministerio la concesión al ser el único acreedor reconocido por los Tribunales y que había cumplido las prescripciones y requisitos formales establecidos en la Real orden de 27 de mayo de 1890.

Con el dictamen emitido por las Secciones de Estado y Gracia y Justicia y Gobernación y Fomento del Consejo de Estado, la Dirección general de Obras públicas otorgaría finalmente a José María Villamar y Rodríguez la concesión del Ferrocarril de Alcázar de San Juan a Quintanar por Real orden de 20 de diciembre de 1897 [38], exigiéndole un depósito como garantía de 77.503 pesetas.

El 4 de enero de 1898 Villamar solicitó la exención de la fianza que sería desestimada cuatro días después (el 8 de enero), instándole por Real orden de 3 de febrero a que en el plazo de 5 días justificase haber constituido el depósito. Transcurrido dicho plazo sin haber hecho efectivo el pago, la Dirección general de Obras públicas declararía sin efecto la concesión otorgada, por Real orden de 21 de febrero [39].

Puesto que la Ley especial de 25 de junio de 1880 autorizaba a otorgar la concesión a los acreedores y Villamar resultó ser el único reconocido por los Tribunales, en dicha orden se dispuso también que no se anunciase nueva subasta, agotando de esta manera cualquier posibilidad de reactivar el proceso.

 

El carpetazo definitivo al Ferrocarril de Alcázar de San Juan a Quintanar de la Orden se daría por Ley de 25 de diciembre de 1912 [40] disponiendo, en artículo único, la segregación de este ferrocarril del plan general anexo a la Ley de Ferrocarriles de 23 de noviembre de 1877.

Tras varios intentos infructuosos como el proyecto de un tranvía a vapor que, partiendo de Colmenar de Oreja y pasando por Villamanrique, Santa Cruz de la Zarza, Villatobas, Corral de Almaguer, Pueblas de Don Fadrique y Almuradiel (sic), Quintanar de la Orden y Miguel Esteban, terminara en Alcázar de San Juan [41], Quintanar de la Orden tuvo finalmente su ferrocarril.

El Ferrocarril de Villacañas a Quintanar de la Orden sería concedido por Real orden de 24 de junio de 1907 [42] a Cipriano Tejero Sánchez al amparo de la Ley de Ferrocarriles Secundarios de 30 de julio de 1904 [43], siendo inaugurado en vía estrecha el 1 de enero de 1909 y transformado a ancho ibérico el 8 de abril de 1929.

Miguel Esteban puede ufanarse de dar nombre a la calle por donde hubo de discurrir el trazado de este Ferrocarril con la espléndida denominación de “Vía Férrea”, cuya cerámica ilustra, como imagen representativa del Ferrocarril de Alcázar de San Juan a Quintanar de la Orden, esta modesta Web.


NOTAS:

[1] Real órden autorizando á D. Pedro Nolasco Mota y otros para hacer los estudios de un ferro-carril que desde Quintanar de la Orden vaya á enlazarse con el de Madrid á Almansa.
Gaceta de Madrid nº 1273, de 29/6/1856, página 1.
[2] Real órden autorizando á D. Lorenzo Guillelmi para verificar los estudios de un ferro-carril de Quintanar de la Orden á Cuenca.
Gaceta de Madrid nº 104, de 14/4/1862, página 1.
[3] Ferro-carril de Cuenca á Alcázar de San Juan.
El Contemporáneo (Madrid). 22/12/1863, nº 911, página 2.
[4] Ferro-carril de Cuenca á Alcázar de San Juan.
Gaceta de los caminos de hierro. 10/1/1864, páginas 5 y 6.
[5] Ley autorizando al Gobierno de S. M. para otorgar la concesión de un ferro-carril que, empalmando en Alcázar de San Juan, llegue á Quintanar de la Orden.
Gaceta de Madrid nº 87, de 27/3/1864, página 1.
[6]

Real órden otorgando la concesión del ferro-carril de Alcázar de San Juan á Quintanar de la Orden.
Gaceta de Madrid nº 165, de 13/6/1864, páginas 1 a 2.

[7]

Ley clasificando los ferro-carriles y demás particulares sobre este asunto.
Gaceta de Madrid nº 886, de 6/6/1855, página 1.

[8]

Ayer se inauguraron las obras del ferrocarril desde Alcázar de San Juan á Quintanar.
La Época (Madrid. 1849). 7/7/1864, nº 5.013, página 4.

Inauguración de los trabajos de la línea férrea de Alcázar a Quintanar de la Orden y Cuenca.
El Contemporáneo (Madrid). 8/7/1864, nº 1.075, páginas 3 y 4.

Inauguración de los trabajos del ferro-carril de Alcázar á Quintanar de la Orden.
El Clamor público (Madrid). 8/7/1864, nº 1.193, página 3.

[9] El Contemporáneo (Madrid). 10/7/1864, nº 1.077, página 3.
[10] Gaceta de los caminos de hierro. 2/10/1864, página 4.
[11] Gaceta de los caminos de hierro. 5/11/1865, página 3.
[12]

Edicto de fecha 1 de diciembre de 1865 en virtud de la providencia del juez Julián Martínez Yauguas para la venta en pública subasta de diversos bienes embargados a Carlos Vázquez Cervela.

[13]

Otras fuentes se refieren a él como Carlos Augusto Morcan.
Gobierno de la Provincia de Toledo. Circular nº 391 - Ferro-carriles. Comunicado con fecha 13 de abril del  Director general de Obras públicas al Gobernador.
El Tajo (Toledo. 1866). 30/4/1866, página 6.

[14]

Real órden aprobando la transferencia hecha por el concesionario del ferro-carril de Alcázar de San Juan á Quintanar de la Orden á favor de D. Cárlos Augusto Moreau.
Gaceta de Madrid nº 108, de 18/4/1866, página 1.

[15]

Órden dejando sin efecto la trasferencia de la concesión del ferro-carril de Alcázar de San Juan á Quintanar de la Orden, hecha por D. Cárlos Vázquez Cervelo á D. Cárlos Augusto Moreau.
Gaceta de Madrid nº 3, de 03/1/1867, página 1.

[16]

Real órden prorogando hasta 7 de Junio de 1869 el plazo para la construcción del ferro-carril de Alcázar de San Juan.
Gaceta de Madrid nº 233, de 21/8/1867, página 4.

[17]

Ley disponiendo que no se podrá constituir ninguna compañía mercantil, cuyo capital, en todo ó en parte, se divida en acciones, sino en virtud de una ley ó de un Real decreto; y más que se expresa.
Gaceta de Madrid nº 4905, de 18/2/1848, página 1.

[18]

Ley declarando libre la creación de Bancos territoriales, agrícolas y de emisión y descuento, y de sociedades de crédito.
Gaceta de Madrid nº 294, de 21/10/1869, página 1.

Ley (rectificada) declarando libre la creación de Bancos, sociedades y demás instituciones de crédito.
Gaceta de Madrid nº 314, de 10/11/1869, página 1.

[19]

Compañía del Ferro-carril de Alcázar de San Juan á Quintanar de la Orden. Estatutos.
Gaceta de Madrid nº 210, de 29/7/1870, páginas 4 a 6.

[20]

Orden concediendo un año más de próroga para la terminación del ferro-carril de Alcázar de San Juan á Quintanar de la Orden.
Gaceta de Madrid nº 333, de 29/11/1870, página 1.

[21] Gaceta de los caminos de hierro. 9/4/1871, páginas 5 y 6.
[22]

Órden aprobando la trasferencia de la concesión del ferrocarril de Alcázar de San Juan á Quintanar de la Orden á favor de D. Estéban Alfonso Lorain, en la forma que se expresa.
Gaceta de Madrid nº 155, de 4/6/1871, página 1285.

[23]

Ley concediendo próroga de 10 meses para terminar las obras del ferro-carril de Alcázar al Quintanar de la Orden.
Gaceta de Madrid nº 211, de 30/7/1871, páginas 349 a 350.

[24]

Real órden desestimando una petición de la Junta liquidadora del ferro-carril de Alcázar á Quintanar y declarando caducada la concesión del mismo.
Gaceta de Madrid nº 241, de 29/8/1877, página 598.

[25]

Dirección general de Obras públicas, Comercio y Minas.- Ferro-carriles.- Subasta de concesión del ferro-carril de Alcázar de San Juan á Quintanar de la Orden. Pliego de condiciones.
Gaceta de Madrid nº 260, de 17/9/1878, páginas 806 a 807.

Real orden disponiendo que se anuncie la segunda licitación para la concesión del ferro-carril de Alcázar de San Juan á Quintanar de la Orden.
Gaceta de Madrid nº 6, de 6/1/1879, página 57.

Dirección general de Obras públicas, Comercio y Minas.- Ferro-carriles.- Relación del material y efectos que podrán introducirse del extranjero para la construcción del ferro-carril de Alcázar de San Juan á Quintanar de la Orden, con arreglo al art. 20 párrafo quinto de la ley general de 3 de Junio de 1855.
Gaceta de Madrid nº 6, de 6/1/1879, página 58.

Real órden disponiendo que se anuncie la tercera y última subasta para la concesión del ferro-carril de Alcázar de San Juan á Quintanar de la Orden.
Gaceta de Madrid nº 108, de 18/4/1879, páginas 162 a 163.

[26]

Real decreto autorizando al Ministro de Fomento para presentar á las Cortes un proyecto de ley facultando al Gobierno para otorgar á los acreedores contra la Compañía del ferro-carril de Alcázar de San Juan á Quintanar de la Orden la concesión del citado ferrocarril.
Gaceta de Madrid nº 99, de 8/4/1880, páginas 57 a 58.

[27]

Congreso. Sesión del día 7 de Abril.
La Época (Madrid. 1849). 7/4/1886, nº 5.013, página 3.

[28]

Ley autorizando al Gobierno para otorgar á los acreedores contra la Compañía del ferro-carril de Alcázar de San Juan á Quintanar de la Orden la concesión del citado ferro-carril.
Gaceta de Madrid nº 178, de 26/6/1880, página 769.

[29]

Noticias oficiales.- Ferro-carril de Alcázar de San Juan á Quintanar de la Órden.
Gaceta de Madrid nº 91, de 1/4/1881, páginas 7 a 10.

[30]

Real orden otorgando á la Comisión liquidadora de los acreedores contra la Compañía del ferrocarril de Alcázar de San Juan á Quintanar de la Orden la concesión del expresado ferrocarril en los términos que se mencionan.
Gaceta de Madrid nº 146, de 26/5/1886, páginas 572 a 573.

[31]

Real orden declarando que no existen para la Administración pública más concesionarios del ferrocarril de Alcázar de San Juan á Quintanar de la Orden que los acreedores de la antigua Compañía de la misma línea representados por su Comisión liquidadora.
Gaceta de Madrid nº 189, de 8/7/1887, página 68.

[32]

Noticias oficiales.- Compañía del ferrocarril de Alcázar de San Juan á Quintanar de la Orden.
Gaceta de Madrid nº 244, de 31/8/1888, páginas 636 a 637.

Noticias Oficiales.- Comisión liquidadora de los acreedores contra la Compañía del ferrocarril de Alcázar de San Juan á Quintanar de La Orden.
Gaceta de Madrid nº 272, de 28/9/1888, páginas 927 a 928.

[33] Dirección general de Obras públicas.- Ferrocarriles.- Autorización al Gobierno para otorgar á los acreedores contra la Compañía del Ferrocarril de Alcazar de San Juan á Quintanar de la Orden la concesión del citado ferrocarril.
Gaceta de Madrid nº 185, de 4/7/1890, página 35.
[34]

Consejo de Estado. Tribunal de lo Contencioso administrativo.- Relación de los pleitos incoados ante este Tribunal.

[35] Fallecidos en Madrid.
El Día (Madrid. 1881). 14/1/1893, página 2.
[36] Tribunal de lo Contencioso Administrativo. Edicto de fecha 14 de junio de 1893.- Se requiere á quien ejerza la representación de la Comisión liquidadora de acreedores del ferrocarril de Alcázar de San Juan á Quintanar en el pleito promovido contra la Real orden expedida por el Ministerio de Fomento en 27 de Mayo de 1890.
[37]

Edicto de fecha 15 de junio de 1894. En virtud de providencia del Juez de primera instancia del distrito de la Audiencia de Madrid, Laurentino Ocampo, dictada en el juicio promovido por D. José María Villamar y Rodríguez sobre reconocimiento y graduación de créditos de los acreedores del ferrocarril de Alcázar de San Juan á Quintanar de la Orden, se ha acordado admitir la demanda y emplazar á los acreedores para que en el improrrogable término de nueve días se personen para ejercer los derechos que concede la Real orden de 27 de Mayo de 1890.

Edicto de fecha 23 de julio de 1894 del Juez de primera instancia del distrito de la Audiencia de Madrid, Laurentino Ocampo, emplazando por segunda vez a los acreedores en el improrrogable término de cinco días, apercibiéndoles de que de no hacerlo, se les tendrá por decaídos del derecho que concede la Real orden de 27 de mayo de 1890.

[38]

Dirección general de Obras públicas.- Ferrocarriles.- Concesión y construcción.- Concesión del ferrocarril de Alcázar de San Juan á Quintanar de la Orden. Pliego de condiciones.
Gaceta de Madrid nº 360, de 26/12/1897, páginas 956 a 958.

[39]

Dirección general de Obras públicas.- Ferrocarriles.- Concesión y construcción.- Concesión del ferrocarril de Alcázar de San Juan á Quintanar de la Orden.
Gaceta de Madrid nº 70, de 11/3/1898, página 846.

[40]

Ley segregando del plan general, anexo á la de 23 de Noviembre de 1877, el ferrocarril denominado de Alcázar de San Juan á Quintanar de la Orden.
Gaceta de Madrid nº 365, de 30/12/1912, página 979.

[41]

Leyes sancionadas por S. M. autorizando el establecimiento de una doble línea entre Bilbao y Las Arenas, y la concesión de otros varios ferrocarriles.
Gaceta de Madrid núm. 72, de 12/3/1904, páginas 1021 a 1022.

Ley reformando el art. 1º. de la ley de 11 de Marzo de 1904 sobre concesión de un ferrocarril de Colmenar de Oreja á Alcazar de San Juan.
Gaceta de Madrid núm. 215, de 2/8/1904, página 390.

[42]

Dirección general de Obras públicas.- Ferrocarriles.- Aprobando las tarifas presentadas por el peticionario del ferrocarril secundario de Villacañas á Quintanar de la Orden, y otorgando al referido peticionario, D. Cipriano Tejero Sánchez, la concesión del citado ferrocarril.
Gaceta de Madrid nº 179, de 28/6/1907, páginas 1222 a 1223.

[43]

Ley referente á los ferrocarriles secundarios.
Gaceta de Madrid nº 215, de 2/8/1904, páginas 385 a 387.

 
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