Sinopsis
La concesión
de este Ferrocarril fue otorgada a Carlos Vázquez
Cervela por Real orden de 7 de junio de 1864,
como primer paso de un proyecto de mayor envergadura
que pasando por Villamayor de Santiago, Abia
de la Obispalía y a través de
la Sierra de Cabrejas continuara hasta Cuenca,
teniendo incluso la pretensión de llegar
a Zaragoza.
Tras un pomposo
acto de inauguración de las obras celebrado
en Alcázar de San Juan el 6 de julio
de 1864, su construcción se fue dilatando
en el tiempo en una rocambolesca sucesión
de cambios de titularidad en la concesión,
prórrogas de terminación, pleitos
y reclamaciones de los acreedores contra la
"Compañía del Ferrocarril
de Alcázar de San Juan a Quintanar de
la Orden", que condujeron a la caducidad
definitiva de la concesión por Real orden
de 7 de enero de 1878, cuando prácticamente
se encontraba terminada la plataforma de la
vía.
Mientras se
dirimían las diferencias en los tribunales,
se procedió a subastar en tres ocasiones
la concesión sin que se presentase oferta
alguna, renunciando el Estado a hacerse cargo
de su construcción.
Con la sentencia
dictada por los Tribunales, finalmente el Gobierno
reconoció a José María
Villamar y Rodríguez como único
acreedor debidamente reconocido contra la Compañía
del ferrocarril, otorgándole la concesión
por Real orden de 20 de diciembre de 1897. Sin
embargo, al no hacer efectivo el depósito
de la fianza, por Real orden de 21 de febrero
de 1898 se dejó sin efecto la concesión,
imposibilitando una nueva subasta.
El carpetazo
final al proyecto fue dado por la Ley de 25
de diciembre de 1912, segregando este Ferrocarril
del plan general anexo a la Ley de Ferrocarriles
de 23 de noviembre de 1877.
Heredero de
este Ferrocarril es el Ferrocarril Villacañas-Prado
a Quintanar de la Orden, concedido por Real
orden de 24 de junio de 1907 a Cipriano Tejero
Sánchez al amparo de la Ley de Ferrocarriles
Secundarios de 30 de julio de 1904, que fue
inaugurado en vía estrecha el 1 de enero
de 1909 y transformado a ancho ibérico
el 8 de abril de 1929. |
El Ferrocarril de Alcázar de San Juan a Quintanar
de la Orden formaba parte de un proyecto más ambicioso
que continuaría hasta Cuenca y con pretensiones de
llegar a Zaragoza. El que nos ocupa quedó abandonado,
su prolongación a Cuenca con el estudio efectuado
y aprobado y su culminación por tierras aragonesas
no pasó de la fase de proyecto.
Las primeras referencias para la construcción de
un ferrocarril en Quintanar de la Orden las encontramos
en dos reales órdenes por las que el Gobierno autorizó
la realización de sendos estudios. La primera data
del 21 de junio de 1856 y hace referencia a la autorización
concedida a Pedro Nolasco Mota para realizar un estudio
de un ferrocarril que desde Quintanar de la Orden
enlazara con el del Mediterráneo cuyas obras se estaban
ejecutando entre Aranjuez y Almansa [1]. La segunda, de fecha
11 de abril de 1862, se refiere a la autorización
otorgada a Lorenzo Guillelmi para realizar su continuación
a Cuenca [2].
No sabemos si estos estudios guardaban alguna relación
con el efectuado por la empresa Vázquez Cervela y
Compañía para construir un ferrocarril de Cuenca a
Alcázar de San Juan que, pasando por Quintanar de
la Orden, fusionaba los dos anteriores.
Lo cierto es que Carlos Vázquez Cervela convocó una
reunión en Madrid el 18 de diciembre de 1863 para
presentar el proyecto de construcción de un ferrocarril
de Cuenca a Alcázar de San Juan, que ya había sido
aprobado por el Gobierno el 16 de octubre. A esta
primera junta preparatoria, que pretendía sumar apoyos
económicos y financieros para llevar a cabo este proyecto,
asistieron numerosos senadores, diputados e inversores
[3].
Esta vía férrea, iría destinada a dar salida a los
ricos productos mineros, agrícolas, e industriales
de la provincia de Cuenca, y gran parte de la de Toledo
que estaban estancados por la falta de comunicaciones.
Su conexión en Alcázar de San Juan con la línea de
Madrid a Alicante, en servicio desde 1858, supondría
una gran ventaja comercial.
La longitud total del ferrocarril fue estimada en
150 km; el presupuesto de 45 a 48 millones de reales;
el importe de su movimiento en 11 millones y sus rendimientos
en un 7,44 por 100 después de satisfecho el 6 por
ciento del interés del capital.
El proyecto partía de Cuenca en el paraje denominado
La Ventilla, junto al río Júcar. Por la vega del río,
tomando la cañada de Colliguilla, se dirigía a las
localidades de Nohales y Chillarón hasta las estribaciones
de la sierra de Cabrejas que atravesaría por un túnel
de 400 m. Posteriormente se encaminaría hacia Abia
de la Obispalía, Villamayor de Santiago y Quintanar
de la Orden, hasta empalmar en Alcázar de San Juan
con la línea férrea del Mediterráneo [4].
La Ley de 23 de marzo de 1864 autorizó al Gobierno
a otorgar a Carlos Vázquez Cervela la concesión del
tramo de Alcázar de San Juan a Quintanar de la Orden,
de 26,360 km de longitud, a la espera de que si tenía
éxito, autorizar su prolongación hasta Cuenca [5].
La concesión de la línea, presupuestada en 2.941.711
pesetas (11.767.023,71 reales), de las que el Ayuntamiento
de Quintanar de la
Orden aportaría 111.838 pesetas para el inicio de
las obras de explanación, fue finalmente otorgada
a Carlos Vázquez Cervela por Real orden de 7 de junio
de 1864 [6].
Con arreglo a la vigente Ley de Ferrocarriles de
1855 [7] la concesión se dio
por 99 años y sin subvención alguna del Estado, sujeta
al proyecto y tarifas de los precios máximos de peaje
y transporte y relación de material libre de derechos,
aprobados por Real orden de 16 de octubre de 1863
y al pliego de condiciones particulares aprobados
por el Gobierno para este objeto por Real orden de
26 de mayo de 1864. La explanación y obras de fábrica
serían para vía única, si las necesidades del tráfico
no exigieran una segunda, fijando un plazo de tres
años para su construcción.
Las obras se inauguraron con grandes fastos en un
acto celebrado el 6 de julio de 1864 en Alcázar de
San Juan. Para la ocasión se dispuso de un tren especial
con coches de 1ª clase que partió de Madrid a las
8.00 h, llegando a Alcázar de San Juan a las 12.30
h. A este acto inaugural asistieron más de 250 invitados
entre los que se encontraban las máximas autoridades
provinciales y locales, políticos tan ilustres como
Luis González Bravo y Pascual Madoz y que los periódicos
de la época reseñaron en sus páginas [8]. Como era costumbre de la época en
los actos de relevancia social, el concesionario hizo
entrega de un donativo para distribuirlo entre los
pobres de solemnidad, que ascendió a 5.000 reales
[9].
La empresa parecía estar encarrilada, haciendo eco
también la prensa de un contrato alcanzado para la
compra de materiales entre los promotores y tres fábricas
belgas: con la de Mr. Blondeau y Compañía, de Thy-le
Chateau, los raíles; con la denominada de San Leonardo,
de Lieja, las locomotoras y con la Compañía general
de materiales, de Bruselas, los vagones, por un importe
cercano a los 2.000 francos [10].
Por otra parte, las obras avanzaban a buen ritmo,
de manera que la Dirección general de Obras
públicas daba a conocer que a finales del tercer trimestre
de 1865, habían quedado concluidos 26 kilómetros y 100 metros de la explanación. Con respecto a
las obras de fábrica, detallaba que de las 9 alcantarillas,
tajeas, caños y sifones, 5 estaban en construcción
y 4 habían concluido [11].
El emplazamiento definitivo y la disposición
general de las estaciones y edificios respectivos
fueron firmados en Madrid el 6 de mayo de 1865 por
el Director General del ferrocarril, Carlos Vázquez
Cervela y el Ingeniero jefe, Carlos Ibáñez
siendo aprobados por Real orden de 29 de mayo de 1866,
siendo Director general de Obras públicas,
Frutos Saavedra Meneses.
El ferrocarril empalmaba con las líneas generales
de Madrid a Alicante y a Cádiz en la estación de Alcázar
de San Juan (estación de bifurcación establecida en
1855), a 150 m de la aguja Madrid y terminando en
Quintanar de la Orden, en la carretera a Villacañas
y a 200 metros de la carretera de Madrid a Valencia.
La longitud total era de 27 kilómetros y 700 metros,
contando desde Alcázar, con pendientes máximas de
0,01 por 100 y radio mínimo de curvas de 500 metros,
manteniendo un perfil longitudinal inmejorable, prácticamente
horizontal y sin obras de plataforma y de fábrica
relevantes.
En el kilómetro 20 se encontraba la villa de Miguel
Esteban, que contaba con 500 habitantes y producciones
de vinos y cereales. En el kilómetro 27, Quintanar
de la Orden con 1.700 habitantes y con producciones
de cereales, vinos, fábricas de aguardientes, sombreros,
curtidos, cerillas y harinas, siendo además el mercado
de la provincia de Cuenca y de parte de las de Toledo
y Ciudad Real. Tanta importancia se dio al comercio
que al efectuarse los estudios en 1863, se calcularon
sus rendimientos en bruto en 1.640.000 reales por
año.
Sin embargo, una serie de problemas económicos [12] relacionados al parecer
con un embargo de un negocio que Cervela tenía en
Madrid, empezaron a torcer el proyecto dando lugar
a una rocambolesca sucesión de acontecimientos.
Por escritura pública de 11 de marzo de 1866 el concesionario
solicitó la transferencia de la concesión del Ferrocarril
a Carlos Augusto Moreau [13]
que fue autorizada por Real orden de 13 de abril de
1866 [14].
No se han encontrado los motivos que movieron a ambas
partes a rescindir esta escritura pública poco tiempo
después, pero a instancia del certificado emitido
por el Juzgado de paz del distrito de la Audiencia
en Madrid, el Gobierno dejó sin efecto la transferencia
por Real orden de 29 de diciembre de ese mismo año
[15].
De nuevo Cervela como concesionario legal, y acuciado
por el plazo de terminación de las obras (fijado en
tres años), solicitó una prórroga para la terminación
del ferrocarril.
La Real orden de 11 de agosto de 1867 le concede
una primera prórroga hasta el 7 de junio de 1869,
fecha en la que debería hallarse terminado y dispuesto
para la explotación [16].
Con esta estrategia intentaba ganar tiempo con el
objeto de conseguir la financiación necesaria mediante
la constitución de una compañía. El 7 de agosto de
1868 tiene lugar la escritura fundacional de la Compañía
que toma por nombre “Compañía del Ferro-carril
de Alcázar de San Juan á Quintanar de la Orden”,
con domicilio social en Madrid y cuyos estatutos son
aprobados ante el notario Luis González Martínez con
fecha de 11 de marzo de 1869. La Compañía quedó constituida
provisionalmente, para cuya constitución definitiva
debían solicitar la preceptiva autorización del Gobierno
de acuerdo a la vigente Ley de 28 de enero de 1848
[17].
La derogación de ésta por la Ley de 19 de octubre
de 1869 [18]
(de corte liberal y firmada por el Premio Nobel de
Literatura en 1904 José Echegaray y Eizaguirre), que
declaraba libre la creación de Sociedades al eliminar
el intervencionismo del Estado, lleva a que el 5 de
julio de 1870 ante el notario Mariano Demetrio de
Ortiz y Gálvez la Compañía quede constituida definitivamente
y sin más trámites [19].
El capital social se fijó en 12 millones de reales
de vellón (1.200.000 escudos) dividido en 6.316 acciones
de 1.900 reales (190 escudos), emitiendo en un primer
momento 4.211 acciones necesarias para la constitución
de la sociedad, quedando el primer consejo administrativo
integrado por:
-
Presidente: José Nacarino Bravo.
-
Vocales: Francisco Mateu Arias
Dávila Conde de Cumbres-Altas, Narciso Buenaventura
Selva, Adolfo Abreu y Rolando y Antonio Fernández
Pulido
-
Director General: Carlos Vázquez
Cervela (Coronel retirado de Artillería).
-
La Vicepresidencia y una vocalía
fueron reservadas como reclamo a nuevos inversores.
El artículo 2 de los Estatutos, establecía
que la Compañía tendría por objeto la construcción y
explotación del Ferrocarril de Alcázar de San Juan a
Quintanar de la Orden y su continuación hasta Cuenca
si se obtuviere la autorización del Gobierno, ante el
que el concesionario Vázquez tenía presentados los estudios
realizados al efecto.
Por otra parte, el artículo 8 fijaba
que el concesionario renunciaba y traspasaba a la Compañía
todos los derechos sobre la concesión y a cambio recibiría
2.000.000 de reales de vellón por la inversión ya efectuada
a fecha 1 de enero de 1869.
La constitución de la Compañía no solventó
los problemas financieros ya que no llegó a cubrir todo
el capital social y unido a la crisis de crédito iniciada
en 1866, abocaron a la Sociedad a solicitar con fecha
de 9 de julio de 1870 una segunda prórroga por un año.
El Gobierno atendió la demanda por
Real orden de 18 de noviembre de 1870 “considerando
las críticas circunstancias por las que atraviesa el
crédito y los esfuerzos que la empresa hace para concluir
las obras, como las dificultades con que, por las mismas
causas económicas, había de luchar el nuevo concesionario
si se declarase la caducidad para terminar con rapidez
el camino”, concediendo un año más de prórroga,
a los tres anteriormente otorgados, pero con la advertencia
de declarar la caducidad de la concesión si el 7 de
junio de 1871 (fecha en que dicha prórroga expiraba),
no se hallaba concluido el Ferrocarril [20].
En abril de 1871, las obras de la vía
se encontraban casi terminadas y un estudio económico
realizado para analizar la viabilidad del proyecto arrojaba
las siguientes cifras [21]:
Expropiaciones
Movimiento de tierras
Obras necesarias para la terminación de las
estaciones de Miguel Esteban y Quintanar
Telégrafo
Balasto
Traviesas
Asiento de vía
Casas de guarda y pasos a nivel |
Total (reales de Vellón):
Material (máquinas,
vagones, coches, carriles, plataformas, etc.) |
Total (reales de Vellón): |
10.000
35.000
50.000
50.000
360.000
320.000
154.000
160.000 |
1.139.000
3.000.000 |
Suma Total: |
4.139.000 |
Subvenciones de los pueblos:
Quintanar de la Orden
Miguel Esteban
Alcázar de San Juan
Total: |
400.000
130.000
150.000
680.000 |
Quedan: |
3.459.000 |
Créditos de los contratistas que entran en la
nueva Sociedad |
1.700.000 |
TOTAL GENERAL: |
5.159.000 |
Producto líquido de la vía en explotación |
600.000 |
Quizá buscando otra alternativa, con
fecha de 28 de abril de 1871, Carlos Vázquez Cervela
remite una nueva instancia al Ministerio de Fomento
solicitando, como concesionario de la línea, la transferencia
de la concesión a favor de Esteban Alfonso Lorain, que
le es concedida por Real orden de 25 de mayo de 1871
[22].
La transferencia de la concesión a
la Compañía, contemplada en sus Estatutos, nunca se
llevó a cabo como expone dicha orden, en la que considera
a la Compañía solo constructora y explotadora y, a pesar
de estar próxima la caducidad de la concesión por haber
agotado los 4 años máximos de prórroga (Decreto-ley
de 29 de diciembre de 1866), se accedió a la petición
puesto que el concesionario gozaba aún de sus derechos.
La extendida práctica dilatoria de
ir solicitando prórrogas concluiría con la otorgada
por Ley de 24 de julio de 1871 [23], entrando en caducidad
el 7 de abril de 1872, una vez expirado el último plazo
concedido de diez meses.
Ese mismo año la Compañía entra en
quiebra nombrándose una Comisión liquidadora de acreedores
contra la Compañía del Ferrocarril de Alcázar de San
Juan a Quintanar de la Orden (en adelante "la Comisión
liquidadora") que se perderá en sucesivos pleitos
y reclamaciones entre los acreedores.
A pesar de la caducidad en firme, en
un intento desesperado de rentabilizar su inversión
de algún modo, la Comisión liquidadora, aprueba en la
Junta general celebrada el 30 de diciembre de 1875 un
convenio de cesión a favor de Pedro García de la Torre,
apoderado de Enrique Fernández Villaverde. Previamente
la Comisión liquidadora ya había llegado a un acuerdo
con Lorain (concesionario reconocido por la Administración),
para que les traspasara la concesión, del que ya se
había dado cuenta en la Junta celebrada el 29 de diciembre
de 1872. Pero surge otro contratiempo; la demencia declarada
en el concesionario Lorain que retrasaría la firma del
convenio hasta que un Tribunal determinara la personalidad
de su representación legal que recaería sobre su mujer
Maria Fornieria.
Tras el fallo del Tribunal, la Comisión
liquidadora solicitó el 31 de enero de 1877 la aprobación
de la renuncia y transferencia de la concesión a su
favor. Esta propuesta sería desestimada por Real orden
de 23 de agosto de 1877 alegando que los derechos sobre
la concesión habían caducado el 7 de abril de 1872,
fecha en la que expiró la prórroga concedida por Ley
de 24 de julio de 1871, declarando al mismo tiempo su
caducidad [24].
Declarada caducada definitivamente
la concesión por Real orden de 17 de enero de 1878,
de acuerdo a lo establecido en los artículos 25 a 28
de la Ley de 1855 para estos casos, la Administración
procedió a subastar las obras ejecutadas junto con la
concesión, hasta por tres veces sin que se presentara
postor alguno. La primera subasta sería autorizada por
Real orden de 3 de septiembre de 1878 fijándose para
las 13 horas del 10 de diciembre de 1878, con la tasación
de 403.596,57 pesetas aprobada por Real orden de 13
de agosto de 1878. La segunda, autorizada por la Real
orden del 24 de diciembre de 1878 y fijada para las
13 horas del 24 de marzo por un importe de 269.064,38
pesetas (las dos terceras partes). La tercera y última,
autorizada por Real orden de 26 de marzo de 1879 y fijada
para las 13 horas de 6 de mayo de 1879 por un importe
de 201.798,28 pesetas (la mitad de la tasación) [25].
Declarada desierta esta tercera subasta,
solo quedaba aplicar el artículo 29 de la Ley de 1855,
o sea, continuar las obras del ferrocarril por cuenta
del Estado, para lo cual el Gobierno, si así lo estimaba
oportuno presentaría a las Cortes el correspondiente
proyecto de ley.
Pese a que estaba contemplado como
ferrocarril de interés general, la poca importancia
de la línea y la escasez de recursos del Tesoro, desaconsejaron
esta opción. No obstante, con el fin de proporcionar
una alternativa para su terminación, valorando el avanzado
estado de ejecución y la inversión efectuada (tasada
como se ha indicado en 403.596,57 pesetas) que llegaría
a perderse si se paralizaran las obras, el Gobierno
autorizó al Ministerio de Fomento por Real Decreto de
2 de abril de 1880 [26] la presentación a las Cortes
de un proyecto de ley para otorgar a los acreedores
contra la Compañía del Ferrocarril de Alcázar de San
Juan a Quintanar de la Orden la concesión del ferrocarril.
El proyecto de ley fue leído en la
sesión de las Cortes de 7 de abril [27]
y aprobado por Ley de 25 de junio de 1880 [28] en los siguientes
términos:
1º. La concesión se otorgaría a los
acreedores contra la Compañía del Ferrocarril de Alcázar
de San Juan a Quintanar de la Orden, legítimamente
representados por su Comisión liquidadora o en la
forma que determinasen los tribunales ordinarios.
2º. La concesión se otorgaría con
arreglo al proyecto aprobado, tarifa y pliego de condiciones
que sirvieron de base a las tres subastas anunciadas
para su concesión después de declarada la caducidad
de la primitiva.
3º. Si el Gobierno considerase preferible
sustituir la concesión con la de un ferrocarril económico
o de vía estrecha o con la de un tranvía, utilizando
las obras ya ejecutadas, quedaría autorizado para
hacerlo con sujeción a la Ley de Ferrocarriles de
1877.
La Comisión liquidadora solicitó el
7 de julio de 1880 la concesión con arreglo al artículo
tercero, es decir como ferrocarril económico, instancia
resuelta por Real orden de 3 de febrero de 1881 que
con el dictamen del Consejo de Estado estableció dos
condiciones:
1.- Siempre que los tribunales no
determinaran otra forma de representación y que a
fin de prevenir nuevas reclamaciones (como las presentadas
por el Ayuntamiento de Quintanar y Manuel Castellanos
a los cuales consideraba como acreedores), se convocara
Junta General de acreedores bajo la presidencia del
Gobernador de la provincia con el objeto de que éstos
ratificaran las atribuciones de la Comisión liquidadora.
2.- Si se solicitara como sistema
económico, la concesión no sería definitiva hasta
que se aprobara el correspondiente proyecto y se aceptara
el pliego de condiciones particulares que se emitiera
al respecto.
Para cumplir la primera condición,
se convocó Junta general de acreedores para el 1 de
mayo de 1881 [29] en cuya acta se reconocerían los créditos del Ayuntamiento
de Quintanar, de Ramón López de Haro y Manuel Castellanos.
Para la segunda condición, el 18 de
marzo de 1886, José Nacarino Bravo como presidente de
la Comisión liquidadora y Francisco Rodríguez Hermúa,
como secretario, presentaron una nueva instancia, solicitando
el otorgamiento de la concesión, pero esta vez con arreglo
al artículo segundo de la Ley de 25 de junio de 1880,
es decir en ancho normal y por tanto sujeto a las condiciones
ya establecidas por las cuales salió a subasta en el
año 1878.
Puesto que los tribunales todavía no
se habían pronunciado al respecto, la Comisión liquidadora
es reconocida como legítima concesionaria por Real orden
de 5 de mayo de 1886 [30].
No acabarían aquí los conflictos, ya
que las desavenencias y disputas entre los miembros
de la Comisión liquidadora y los acreedores irían en
aumento, surgiendo varias incidencias relativas a la
nulidad de la transferencia, a la validez de las Juntas
de acreedores y a sus convocatorias que harían necesaria
la intervención de las Secciones de Estado y Gracia
y Justicia de Gobernación y de Fomento del Consejo de
Estado, cuyas resoluciones servirían de base para la
Real orden de 27 de mayo de 1890, cuyas vicisitudes
pasamos a relatar a continuación.
El 4 de junio de 1886 José Nacarino
Bravo y Francisco Rodríguez Hermúa presidente y secretario
respectivamente de la Comisión liquidadora, solicitaron
la aprobación de la transferencia de la concesión a
favor de Pedro García de la Torre, aportando la correspondiente
escritura de venta, el acta de la Junta de acreedores
celebrada el 30 de diciembre de 1875 en la cual se aprobó
el convenio que facultaba a la Comisión para la venta
y clasificación de los títulos y el acta de la celebrada
el 1 de mayo de 1881 en la que se ratificó el nombramiento
del Presidente de aquella, fijándose por Real orden
de 14 de agosto de 1886 los documentos que debían aportar
para poder resolver pero que sin embargo no llegarían
a presentarse.
El 12 de marzo de 1887 José María Villamar
y Francisco Rodríguez Hermúa presentaron nueva instancia
como “presidente accidental” y secretario de la Comisión
liquidadora para que se denegase la transferencia tanto
por no haberse presentado en tiempo algunos documentos
como por resultar lesiva para los verdaderos acreedores.
El día 15 de ese mismo mes de marzo
se registró otra, promovida esta vez por Ángel Herráiz
y Antonio Fernández en concepto de miembros de la misma
Comisión, pidiendo la desestimación de la anterior,
alegando que José María Villamar no era presidente de
ningún tipo y los firmantes no estaban facultados por
la Comisión liquidadora para tomar decisión alguna.
La Administración mediaría en el conflicto
dictando la Real orden de 22 junio 1887 [31]
por la que, para que se pudiera autorizar la transferencia,
abría un plazo de un mes para la presentación de la
documentación establecida por la Real orden de 14 de
agosto de 1886.
Finalizado el plazo, se resolvería
por Real orden de 3 de julio de 1888, que no procedía
aprobar la transferencia al no haberla solicitado los
acreedores reconocidos y representados en la forma que
para estos casos prevenían las leyes, fijando un nuevo
plazo de ocho meses para normalizar la representación
de los acreedores.
Para ello, el secretario de la Comisión
Francisco Rodríguez Hermúa convocó Junta para el 30
de septiembre de 1888. Sorpresivamente, ésta sería desconvocada
por Pedro García en calidad de “presidente accidental”
de la misma, emplazando en su lugar a los acreedores
para que en el plazo de 30 días presentasen los títulos
justificativos de los créditos, para su reconocimiento
y graduación en la presidencia accidental de la Comisión
situada en el Paseo de Las Acacias nº 2, domicilio distinto
del habitual [32].
Contra la convocatoria y celebración
de esta Junta, el presidente titular José Nacarino Bravo
recurrió alegando que, en realidad, la Comisión solo
había citado a los acreedores para que justificasen
sus créditos, con objeto de convocar posteriormente
la oportuna Junta en la que se daría cuenta del cumplimiento
de las obligaciones de la Real orden.
Las Secciones de la Administración
emitirían dictamen por Real orden de 15 de febrero de
1889 en la que no se consideraba válida la Junta de
acreedores celebrada el 30 de septiembre, instando al
presidente a reiniciar el proceso, es decir convocar
nueva Junta general para el reconocimiento y graduación
de los créditos y una vez efectuado sería cuando la
Junta general podría tomar acuerdos otorgando facultades
concretas y explícitas a la Comisión liquidadora.
El 16 de mayo de 1890 Nacarino Bravo
remitió el acta de la Junta celebrada el 12 de mayo,
que sería impugnada por varios acreedores, entre ellos
Rodríguez Hermúa (quien de hecho la había abandonado
en señal de protesta) alegando que en dicha Junta se
reconocieron como acreedores a los accionistas de la
extinta Compañía, cuyos derechos como acreedores fueron
anulados por la Junta general celebrada el día 29 de
diciembre de 1872, acuerdo ratificado en la celebrada
el 30 de diciembre de 1875.
Para poner fin al conflicto administrativo
planteado, y tras los sucesivos dictámenes de las Secciones,
el Ministerio de Fomento decretó por Real orden de 27
de mayo de 1890 [33] la nulidad de la
Junta y de todos los acuerdos adoptados, y a fin de
determinar exactamente la personalidad de aquel o aquellos
a quienes correspondía de derecho el título de concesionario,
emplazaba a los acreedores a sustanciarla ante los tribunales
ordinarios para que éstos establecieran el reconocimiento
y graduación del crédito, y con el fallo emitido, acreditar
ante la Administración haber cumplido los requisitos
y formalidades enunciados, resolviendo en los siguientes
términos:
1º. No considerar válida la Junta
de acreedores celebrada el 12 de mayo de 1890 bajo
la presidencia de José Nacarino.
2º. Que los interesados acudiesen
si lo estimasen oportuno a los tribunales ordinarios
para que hiciesen la graduación de créditos y designación
de los acreedores que debían tener el carácter de
concesionarios.
3º. Que una vez emitido el fallo,
los concesionarios nombrasen a las personas que les
representasen ante la Administración, haciendo constar
con toda claridad, las atribuciones que se les conferían.
4º. Conceder a los acreedores un
nuevo plazo de doce meses para efectuar cuanto se
prevenía en las dos disposiciones anteriores, prorrogables
solo en si los Tribunales no se hubieran pronunciado.
Contra esta Real orden, Nacarino Bravo
como presidente de la Comisión liquidadora interpuso
recurso contencioso administrativo que fue incoado por
el Tribunal con fecha 15 de noviembre de 1890 [34].
El fallecimiento de aquel en enero de 1893 [35], “alma máter” de la Comisión liquidadora,
llevaría, tras una providencia de la Sala dictada el
14 de junio de 1893 [36]
requiriendo a quien ejerciera la representación de la
Comisión liquidadora, al archivo del recurso dando por
desestimada la demanda.
Mientras se sustanciaba este pleito,
a instancia del Vocal de la Comisión Ángel Herráiz
y de Pedro García de la Torre, el Ministerio de Fomento
decretó por Real orden de 22 de febrero de 1894 que
quedase sin efecto la transferencia solicitada por la
Comisión liquidadora y se anulase la concesión otorgada
por la Real orden de de mayo de 1886, declarando viva
y en todo su vigor la Ley especial de 25 de junio de
1880 (la Ley que había autorizado al Gobierno a otorgar
la concesión a los acreedores de la Compañía).
Una vez firme la Real orden de 27 de
mayo de 1890 por el fallo del Tribunal de lo Contencioso
Administrativo, y para cumplir la disposición segunda
de aquella (reconocimiento ante los Tribunales), Villamar
acudió a los Tribunales solicitando la declaración de
acreedor de la Compañía. Admitida la demanda, el Juez
emplazaría al resto de los acreedores a presentar alegaciones
[37].
No presentándose alguna, por sentencia del Juzgado de
primera instancia del distrito de la Audiencia de Madrid
de fecha 28 de diciembre de 1895, Villamar es declarado
como único acreedor que había justificado este carácter,
reconociéndole a efectos de la Real orden de 27 de mayo
de 1890 como acreedor de la Compañía, por un crédito
de 166.549,69 pesetas.
Transcurridos doce meses desde que
se dictó la sentencia sin que se presentara recurso
alguno, adquiere carácter de firme, lo que permitiría
a Villamar solicitar al Ministerio la concesión al ser
el único acreedor reconocido por los Tribunales y que
había cumplido las prescripciones y requisitos formales
establecidos en la Real orden de 27 de mayo de 1890.
Con el dictamen emitido por las Secciones
de Estado y Gracia y Justicia y Gobernación y Fomento
del Consejo de Estado, la Dirección general de Obras
públicas otorgaría finalmente a José María Villamar
y Rodríguez la concesión del Ferrocarril de Alcázar
de San Juan a Quintanar por Real orden de 20 de diciembre
de 1897 [38], exigiéndole un depósito como garantía
de 77.503 pesetas.
El 4 de enero de 1898 Villamar solicitó
la exención de la fianza que sería desestimada cuatro
días después (el 8 de enero), instándole por Real orden
de 3 de febrero a que en el plazo de 5 días justificase
haber constituido el depósito. Transcurrido dicho plazo
sin haber hecho efectivo el pago, la Dirección general
de Obras públicas declararía sin efecto la concesión
otorgada, por Real orden de 21 de febrero [39].
Puesto que la Ley especial de 25 de
junio de 1880 autorizaba a otorgar la concesión a los
acreedores y Villamar resultó ser el único reconocido
por los Tribunales, en dicha orden se dispuso también
que no se anunciase nueva subasta, agotando de esta
manera cualquier posibilidad de reactivar el proceso.
El carpetazo definitivo al Ferrocarril
de Alcázar de San Juan a Quintanar de la Orden se daría
por Ley de 25 de diciembre de 1912 [40] disponiendo, en artículo único,
la segregación de este ferrocarril del plan general
anexo a la Ley de Ferrocarriles de 23 de noviembre de
1877.
Tras varios intentos infructuosos como
el proyecto de un tranvía a vapor que, partiendo de
Colmenar de Oreja y pasando por Villamanrique, Santa
Cruz de la Zarza, Villatobas, Corral de Almaguer, Pueblas
de Don Fadrique y Almuradiel (sic), Quintanar de la
Orden y Miguel Esteban, terminara en Alcázar de San
Juan [41], Quintanar de la Orden tuvo finalmente
su ferrocarril.
El Ferrocarril
de Villacañas a Quintanar de la Orden
sería concedido por Real orden de 24 de junio de 1907
[42] a Cipriano Tejero
Sánchez al amparo de la Ley de Ferrocarriles Secundarios
de 30 de julio de 1904 [43], siendo inaugurado
en vía estrecha el 1 de enero de 1909 y transformado
a ancho ibérico el 8 de abril de 1929.
Miguel Esteban puede ufanarse de dar
nombre a la calle por donde hubo de discurrir el trazado
de este Ferrocarril con la espléndida denominación de
“Vía Férrea”, cuya cerámica ilustra, como imagen representativa
del Ferrocarril de Alcázar de San Juan a Quintanar de
la Orden, esta modesta Web.
NOTAS:
[1] |
Real órden autorizando á D. Pedro Nolasco
Mota y otros para hacer los estudios de un
ferro-carril que desde Quintanar de la Orden
vaya á enlazarse con el de Madrid á Almansa.
Gaceta de Madrid nº 1273, de 29/6/1856,
página 1. |
[2] |
Real órden autorizando á D. Lorenzo
Guillelmi para verificar los estudios de un
ferro-carril de Quintanar de la Orden á Cuenca.
Gaceta de Madrid nº 104, de 14/4/1862,
página 1. |
[3] |
Ferro-carril de Cuenca á Alcázar de
San Juan.
El Contemporáneo (Madrid). 22/12/1863,
nº 911, página 2. |
[4] |
Ferro-carril de Cuenca á Alcázar de
San Juan.
Gaceta de los caminos de hierro. 10/1/1864,
páginas 5 y 6. |
[5] |
Ley autorizando al Gobierno de S. M.
para otorgar la concesión de un ferro-carril
que, empalmando en Alcázar de San Juan, llegue
á Quintanar de la Orden.
Gaceta de Madrid nº 87, de 27/3/1864,
página 1. |
[6] |
Real órden otorgando la concesión
del ferro-carril de Alcázar de San Juan
á Quintanar de la Orden.
Gaceta de Madrid nº 165, de 13/6/1864,
páginas 1 a 2. |
[7] |
Ley clasificando los ferro-carriles
y demás particulares sobre este asunto.
Gaceta de Madrid nº 886,
de 6/6/1855, página 1. |
[8] |
Ayer
se inauguraron las obras del ferrocarril
desde Alcázar de San Juan á Quintanar.
La Época (Madrid. 1849). 7/7/1864,
nº 5.013, página 4.
Inauguración de los trabajos de la
línea férrea de Alcázar a Quintanar de la
Orden y Cuenca.
El Contemporáneo (Madrid). 8/7/1864,
nº 1.075, páginas 3 y 4.
Inauguración de los trabajos del ferro-carril
de Alcázar á Quintanar de la Orden.
El Clamor público (Madrid). 8/7/1864,
nº 1.193, página 3. |
[9] |
El Contemporáneo (Madrid). 10/7/1864, nº
1.077, página 3. |
[10] |
Gaceta de los caminos de hierro. 2/10/1864,
página 4. |
[11] |
Gaceta de los caminos de hierro. 5/11/1865,
página 3. |
[12] |
Edicto de fecha 1 de diciembre de
1865 en virtud de la providencia del juez
Julián Martínez Yauguas para la venta en
pública subasta de diversos bienes embargados
a Carlos Vázquez Cervela. |
[13] |
Otras fuentes se
refieren a él como Carlos Augusto Morcan.
Gobierno de la Provincia de Toledo. Circular
nº 391 - Ferro-carriles. Comunicado con
fecha 13 de abril del Director general
de Obras públicas al Gobernador.
El Tajo (Toledo. 1866). 30/4/1866, página
6. |
[14] |
Real órden aprobando la transferencia
hecha por el concesionario del ferro-carril
de Alcázar de San Juan á Quintanar de la
Orden á favor de D. Cárlos Augusto Moreau.
Gaceta de Madrid nº 108,
de 18/4/1866, página 1. |
[15] |
Órden dejando sin efecto la trasferencia
de la concesión del ferro-carril de Alcázar
de San Juan á Quintanar de la Orden, hecha
por D. Cárlos Vázquez Cervelo á D. Cárlos
Augusto Moreau.
Gaceta de Madrid nº 3, de
03/1/1867, página 1. |
[16] |
Real órden prorogando hasta 7 de
Junio de 1869 el plazo para la construcción
del ferro-carril de Alcázar de San Juan.
Gaceta de Madrid nº 233,
de 21/8/1867, página 4. |
[17] |
Ley disponiendo que no se podrá constituir
ninguna compañía mercantil, cuyo capital,
en todo ó en parte, se divida en acciones,
sino en virtud de una ley ó de un Real decreto;
y más que se expresa.
Gaceta de Madrid nº 4905,
de 18/2/1848, página 1. |
[18] |
Ley declarando libre la creación
de Bancos territoriales, agrícolas y de
emisión y descuento, y de sociedades de
crédito.
Gaceta de Madrid nº 294,
de 21/10/1869, página 1.
Ley (rectificada) declarando libre
la creación de Bancos, sociedades y demás
instituciones de crédito.
Gaceta de Madrid nº 314,
de 10/11/1869, página 1. |
[19] |
Compañía del Ferro-carril de Alcázar
de San Juan á Quintanar de la Orden. Estatutos.
Gaceta de Madrid nº 210,
de 29/7/1870, páginas 4 a 6. |
[20] |
Orden concediendo un año más de próroga
para la terminación del ferro-carril de
Alcázar de San Juan á Quintanar de la Orden.
Gaceta de Madrid nº 333,
de 29/11/1870, página 1. |
[21] |
Gaceta de los caminos de hierro. 9/4/1871,
páginas 5 y 6. |
[22] |
Órden aprobando la trasferencia de
la concesión del ferrocarril de Alcázar
de San Juan á Quintanar de la Orden á favor
de D. Estéban Alfonso Lorain, en la forma
que se expresa.
Gaceta de Madrid nº 155,
de 4/6/1871, página 1285. |
[23] |
Ley concediendo próroga de 10 meses
para terminar las obras del ferro-carril
de Alcázar al Quintanar de la Orden.
Gaceta de Madrid nº 211,
de 30/7/1871, páginas 349 a 350. |
[24] |
Real órden desestimando una petición
de la Junta liquidadora del ferro-carril
de Alcázar á Quintanar y declarando caducada
la concesión del mismo.
Gaceta de Madrid nº 241,
de 29/8/1877, página 598. |
[25] |
Dirección general de Obras públicas,
Comercio y Minas.- Ferro-carriles.- Subasta
de concesión del ferro-carril de Alcázar
de San Juan á Quintanar de la Orden. Pliego
de condiciones.
Gaceta de Madrid nº 260,
de 17/9/1878, páginas 806 a 807.
Real orden disponiendo que se anuncie
la segunda licitación para la concesión
del ferro-carril de Alcázar de San Juan
á Quintanar de la Orden.
Gaceta de Madrid nº 6, de
6/1/1879, página 57.
Dirección general de Obras públicas,
Comercio y Minas.- Ferro-carriles.- Relación
del material y efectos que podrán introducirse
del extranjero para la construcción del
ferro-carril de Alcázar de San Juan á Quintanar
de la Orden, con arreglo al art. 20 párrafo
quinto de la ley general de 3 de Junio de
1855.
Gaceta de Madrid nº 6, de
6/1/1879, página 58.
Real órden disponiendo que se anuncie
la tercera y última subasta para la concesión
del ferro-carril de Alcázar de San Juan
á Quintanar de la Orden.
Gaceta de Madrid nº 108,
de 18/4/1879, páginas 162 a 163. |
[26] |
Real decreto autorizando al Ministro
de Fomento para presentar á las Cortes un
proyecto de ley facultando al Gobierno para
otorgar á los acreedores contra la Compañía
del ferro-carril de Alcázar de San Juan
á Quintanar de la Orden la concesión del
citado ferrocarril.
Gaceta de Madrid nº 99, de
8/4/1880, páginas 57 a 58. |
[27] |
Congreso. Sesión del día 7 de Abril.
La Época (Madrid. 1849). 7/4/1886,
nº 5.013, página 3. |
[28] |
Ley autorizando al Gobierno para
otorgar á los acreedores contra la Compañía
del ferro-carril de Alcázar de San Juan
á Quintanar de la Orden la concesión del
citado ferro-carril.
Gaceta de Madrid nº 178,
de 26/6/1880, página 769. |
[29] |
Noticias oficiales.- Ferro-carril
de Alcázar de San Juan á Quintanar de la
Órden.
Gaceta de Madrid nº 91, de
1/4/1881, páginas 7 a 10. |
[30] |
Real orden otorgando á la Comisión
liquidadora de los acreedores contra la
Compañía del ferrocarril de Alcázar de San
Juan á Quintanar de la Orden la concesión
del expresado ferrocarril en los términos
que se mencionan.
Gaceta de Madrid nº 146,
de 26/5/1886, páginas 572 a 573. |
[31] |
Real orden declarando que no existen
para la Administración pública más concesionarios
del ferrocarril de Alcázar de San Juan á
Quintanar de la Orden que los acreedores
de la antigua Compañía de la misma línea
representados por su Comisión liquidadora.
Gaceta de Madrid nº 189,
de 8/7/1887, página 68. |
[32] |
Noticias oficiales.- Compañía del
ferrocarril de Alcázar de San Juan á Quintanar
de la Orden.
Gaceta de Madrid nº 244,
de 31/8/1888, páginas 636 a 637.
Noticias Oficiales.- Comisión liquidadora
de los acreedores contra la Compañía del
ferrocarril de Alcázar de San Juan á Quintanar
de La Orden.
Gaceta de Madrid nº 272,
de 28/9/1888, páginas 927 a 928. |
[33] |
Dirección general de Obras públicas.-
Ferrocarriles.- Autorización al Gobierno para
otorgar á los acreedores contra la Compañía
del Ferrocarril de Alcazar de San Juan á Quintanar
de la Orden la concesión del citado ferrocarril.
Gaceta de Madrid nº 185, de
4/7/1890, página 35. |
[34] |
Consejo de Estado. Tribunal de lo
Contencioso administrativo.- Relación de
los pleitos incoados ante este Tribunal.
|
[35] |
Fallecidos en Madrid.
El Día (Madrid. 1881). 14/1/1893, página
2. |
[36] |
Tribunal de lo Contencioso Administrativo.
Edicto de fecha 14 de junio de 1893.- Se requiere
á quien ejerza la representación de la Comisión
liquidadora de acreedores del ferrocarril
de Alcázar de San Juan á Quintanar en el pleito
promovido contra la Real orden expedida por
el Ministerio de Fomento en 27 de Mayo de
1890. |
[37] |
Edicto de fecha 15 de junio de 1894.
En virtud de providencia del Juez de primera
instancia del distrito de la Audiencia de
Madrid, Laurentino Ocampo, dictada en el
juicio promovido por D. José María Villamar
y Rodríguez sobre reconocimiento y graduación
de créditos de los acreedores del ferrocarril
de Alcázar de San Juan á Quintanar de la
Orden, se ha acordado admitir la demanda
y emplazar á los acreedores para que en
el improrrogable término de nueve días se
personen para ejercer los derechos que concede
la Real orden de 27 de Mayo de 1890.
Edicto de fecha 23 de julio de 1894
del Juez de primera instancia del distrito
de la Audiencia de Madrid, Laurentino Ocampo,
emplazando por segunda vez a los acreedores
en el improrrogable término de cinco días,
apercibiéndoles de que de no hacerlo, se
les tendrá por decaídos del derecho que
concede la Real orden de 27 de mayo de 1890. |
[38] |
Dirección general de Obras públicas.-
Ferrocarriles.- Concesión y construcción.-
Concesión del ferrocarril de Alcázar de
San Juan á Quintanar de la Orden. Pliego
de condiciones.
Gaceta de Madrid nº 360,
de 26/12/1897, páginas 956 a 958. |
[39] |
Dirección general de Obras públicas.-
Ferrocarriles.- Concesión y construcción.-
Concesión del ferrocarril de Alcázar de
San Juan á Quintanar de la Orden.
Gaceta de Madrid nº 70, de
11/3/1898, página 846. |
[40] |
Ley segregando del plan general,
anexo á la de 23 de Noviembre de 1877, el
ferrocarril denominado de Alcázar de San
Juan á Quintanar de la Orden.
Gaceta de Madrid nº 365,
de 30/12/1912, página 979. |
[41] |
Leyes sancionadas por S. M. autorizando
el establecimiento de una doble línea entre
Bilbao y Las Arenas, y la concesión de otros
varios ferrocarriles.
Gaceta de Madrid núm. 72,
de 12/3/1904, páginas 1021 a 1022.
Ley reformando el art. 1º. de la ley
de 11 de Marzo de 1904 sobre concesión de
un ferrocarril de Colmenar de Oreja á Alcazar
de San Juan.
Gaceta de Madrid núm. 215,
de 2/8/1904, página 390. |
[42] |
Dirección general de Obras públicas.-
Ferrocarriles.- Aprobando las tarifas presentadas
por el peticionario del ferrocarril secundario
de Villacañas á Quintanar de la Orden, y
otorgando al referido peticionario, D. Cipriano
Tejero Sánchez, la concesión del citado
ferrocarril.
Gaceta de Madrid nº 179,
de 28/6/1907, páginas 1222 a 1223. |
[43] |
Ley referente á los
ferrocarriles secundarios.
Gaceta de Madrid nº 215,
de 2/8/1904, páginas 385
a 387. |
|
|