Sinopsis
La
concesión de este Ferrocarril fue otorgada
a Carlos Vázquez Cervela por Real orden
de 7 de junio de 1864, como primer paso de un
proyecto de mayor envergadura que pasando por
Villamayor de Santiago, Abia de la Obispalía
y a través de la Sierra de Cabrejas continuara
hasta Cuenca, teniendo incluso la pretensión
de llegar a Zaragoza.
Tras
un pomposo acto de inauguración de las
obras celebrado en Alcázar de San Juan
el 6 de julio de 1864, su construcción
se fue dilatando en el tiempo en una rocambolesca
sucesión de cambios de titularidad en
la concesión, prórrogas de terminación,
pleitos y reclamaciones de los acreedores contra
la "Compañía del Ferrocarril
de Alcázar de San Juan a Quintanar de
la Orden", que condujeron a la caducidad
definitiva de la concesión por Real orden
de 7 de enero de 1878, cuando prácticamente
se encontraba terminada la plataforma de la
vía.
Mientras
se dirimían las diferencias en los tribunales,
se procedió a subastar en tres ocasiones
la concesión sin que se presentase oferta
alguna, renunciando el Estado a hacerse cargo
de su construcción.
Con
la sentencia dictada por los Tribunales, finalmente
el Gobierno reconoció a José María
Villamar y Rodríguez como único
acreedor debidamente reconocido contra la Compañía
del ferrocarril, otorgándole la concesión
por Real orden de 20 de diciembre de 1897. Sin
embargo, al no hacer efectivo el depósito
de la fianza, por Real orden de 21 de febrero
de 1898 se dejó sin efecto la concesión,
imposibilitando una nueva subasta.
El
carpetazo final al proyecto fue dado por la
Ley de 25 de diciembre de 1912, segregando este
Ferrocarril del plan general anexo a la Ley
de Ferrocarriles de 23 de noviembre de 1877.
Heredero
de este Ferrocarril es el Ferrocarril Villacañas-Prado
a Quintanar de la Orden, concedido por Real
orden de 24 de junio de 1907 a Cipriano Tejero
Sánchez al amparo de la Ley de Ferrocarriles
Secundarios de 30 de julio de 1904, que fue
inaugurado en vía estrecha el 1 de enero
de 1909 y transformado a ancho ibérico
el 8 de abril de 1929. |
El Ferrocarril de Alcázar de San Juan
a Quintanar de la Orden formaba parte de un proyecto
más ambicioso que continuaría hasta Cuenca y con pretensiones
de llegar a Zaragoza. El que nos ocupa quedó abandonado,
su prolongación a Cuenca con el estudio efectuado
y aprobado y su culminación por tierras aragonesas
no pasó de la fase de proyecto.
Las primeras referencias para la construcción
de un ferrocarril en Quintanar de la Orden las encontramos
en dos reales órdenes por las que el Gobierno autorizó
la realización de sendos estudios. La primera data
del 21 de junio de 1856 y hace referencia a la autorización
concedida a Pedro Nolasco Mota para realizar un estudio
de un ferrocarril que desde Quintanar de la Orden
enlazara con el del Mediterráneo cuyas obras se estaban
ejecutando entre Aranjuez y Almansa [1]. La segunda, de fecha
11 de abril de 1862, se refiere a la autorización
otorgada a Lorenzo Guillelmi para realizar su continuación
a Cuenca [2].
No sabemos si estos estudios guardaban
alguna relación con el efectuado por la empresa Vázquez
Cervela y Compañía para construir un ferrocarril de
Cuenca a Alcázar de San Juan que, pasando por Quintanar
de la Orden, fusionaba los dos anteriores.
Lo cierto es que Carlos Vázquez Cervela
convocó una reunión en Madrid el 18 de diciembre de
1863 para presentar el proyecto de construcción de
un ferrocarril de Cuenca a Alcázar de San Juan, que
ya había sido aprobado por el Gobierno el 16 de octubre.
A esta primera junta preparatoria, que pretendía sumar
apoyos económicos y financieros para llevar a cabo
este proyecto, asistieron numerosos senadores, diputados
e inversores [3].
Esta vía férrea, iría destinada a dar
salida a los ricos productos mineros, agrícolas, e
industriales de la provincia de Cuenca, y gran parte
de la de Toledo que estaban estancados por la falta
de comunicaciones. Su conexión en Alcázar de San Juan
con la línea de Madrid a Alicante, en servicio desde
1858, supondría una gran ventaja comercial.
La longitud total del ferrocarril fue
estimada en 150 km; el presupuesto de 45 a 48 millones
de reales; el importe de su movimiento en 11 millones
y sus rendimientos en un 7,44 por 100 después de satisfecho
el 6 por ciento del interés del capital.
El proyecto partía de Cuenca en el
paraje denominado La Ventilla, junto al río Júcar.
Por la vega del río, tomando la cañada de Colliguilla,
se dirigía a las localidades de Nohales y Chillarón
hasta las estribaciones de la sierra de Cabrejas que
atravesaría por un túnel de 400 m. Posteriormente
se encaminaría hacia Abia de la Obispalía, Villamayor
de Santiago y Quintanar de la Orden, hasta empalmar
en Alcázar de San Juan con la línea férrea del Mediterráneo
[4].
La Ley de 23 de marzo de 1864 autorizó
al Gobierno a otorgar a Carlos Vázquez Cervela la
concesión del tramo de Alcázar de San Juan a Quintanar
de la Orden, de 26,360 km de longitud, a la espera
de que si tenía éxito, autorizar su prolongación hasta
Cuenca [5].
La concesión de la línea, presupuestada
en 2.941.711 pesetas (11.767.023,71 reales), de las
que el Ayuntamiento de Quintanar de la
Orden aportaría 111.838 pesetas para el inicio de
las obras de explanación, fue finalmente otorgada
a Carlos Vázquez Cervela por Real orden de 7 de junio
de 1864 [6].
Con arreglo a la vigente Ley de Ferrocarriles
de 1855 [7] la concesión se dio
por 99 años y sin subvención alguna del Estado, sujeta
al proyecto y tarifas de los precios máximos de peaje
y transporte y relación de material libre de derechos,
aprobados por Real orden de 16 de octubre de 1863
y al pliego de condiciones particulares aprobados
por el Gobierno para este objeto por Real orden de
26 de mayo de 1864. La explanación y obras de fábrica
serían para vía única, si las necesidades del tráfico
no exigieran una segunda, fijando un plazo de tres
años para su construcción.
Las obras se inauguraron con grandes
fastos en un acto celebrado el 6 de julio de 1864
en Alcázar de San Juan. Para la ocasión se dispuso
de un tren especial con coches de 1ª clase que partió
de Madrid a las 8.00 h, llegando a Alcázar de San
Juan a las 12.30 h. A este acto inaugural asistieron
más de 250 invitados entre los que se encontraban
las máximas autoridades provinciales y locales, políticos
tan ilustres como Luis González Bravo y Pascual Madoz
y que los periódicos de la época reseñaron en sus
páginas [8]. Como era costumbre de la época en
los actos de relevancia social, el concesionario hizo
entrega de un donativo para distribuirlo entre los
pobres de solemnidad, que ascendió a 5.000 reales
[9].
La empresa parecía estar encarrilada,
haciendo eco también la prensa de un contrato alcanzado
para la compra de materiales entre los promotores
y tres fábricas belgas: con la de Mr. Blondeau y Compañía,
de Thy-le Chateau, los raíles; con la denominada de
San Leonardo, de Lieja, las locomotoras y con la Compañía
general de materiales, de Bruselas, los vagones, por
un importe cercano a los 2.000 francos [10].
Por otra parte, las obras avanzaban
a buen ritmo, de manera que la Dirección general de Obras
públicas daba a conocer que a finales del tercer trimestre
de 1865, habían quedado concluidos 26 kilómetros y 100 metros de la explanación. Con respecto a
las obras de fábrica, detallaba que de las 9 alcantarillas,
tajeas, caños y sifones, 5 estaban en construcción
y 4 habían concluido [11].
El emplazamiento definitivo y la disposición
general de las estaciones y edificios respectivos
fueron firmados en Madrid el 6 de mayo de 1865 por
el Director General del ferrocarril, Carlos Vázquez
Cervela y el Ingeniero jefe, Carlos Ibáñez
siendo aprobados por Real orden de 29 de mayo de 1866,
siendo Director general de Obras públicas,
Frutos Saavedra Meneses.
El ferrocarril empalmaba con las líneas
generales de Madrid a Alicante y a Cádiz en la estación
de Alcázar de San Juan (estación de bifurcación establecida
en 1855), a 150 m de la aguja Madrid y terminando
en Quintanar de la Orden, en la carretera a Villacañas
y a 200 metros de la carretera de Madrid a Valencia.
La longitud total era de 27 kilómetros y 700 metros,
contando desde Alcázar, con pendientes máximas de
0,01 por 100 y radio mínimo de curvas de 500 metros,
manteniendo un perfil longitudinal inmejorable, prácticamente
horizontal y sin obras de plataforma y de fábrica
relevantes.
En el kilómetro 20 se encontraba la
villa de Miguel Esteban, que contaba con 500 habitantes
y producciones de vinos y cereales. En el kilómetro
27, Quintanar de la Orden con 1.700 habitantes y con
producciones de cereales, vinos, fábricas de aguardientes,
sombreros, curtidos, cerillas y harinas, siendo además
el mercado de la provincia de Cuenca y de parte de
las de Toledo y Ciudad Real. Tanta importancia se
dio al comercio que al efectuarse los estudios en
1863, se calcularon sus rendimientos en bruto en 1.640.000
reales por año.
Sin embargo, una serie de problemas
económicos [12] relacionados al parecer
con un embargo de un negocio que Cervela tenía en
Madrid, empezaron a torcer el proyecto dando lugar
a una rocambolesca sucesión de acontecimientos.
Por escritura pública de 11 de marzo
de 1866 el concesionario solicitó la transferencia
de la concesión del Ferrocarril a Carlos Augusto Moreau
[13]
que fue autorizada por Real orden de 13 de abril de
1866 [14].
No se han encontrado los motivos que movieron a ambas
partes a rescindir esta escritura pública poco tiempo
después, pero a instancia del certificado emitido
por el Juzgado de paz del distrito de la Audiencia
en Madrid, el Gobierno dejó sin efecto la transferencia
por Real orden de 29 de diciembre de ese mismo año
[15].
De nuevo Cervela como concesionario
legal, y acuciado por el plazo de terminación de las
obras (fijado en tres años), solicitó una prórroga
para la terminación del ferrocarril. La Real orden
de 11 de agosto de 1867 le concede una primera prórroga
hasta el 7 de junio de 1869, fecha en la que debería
hallarse terminado y dispuesto para la explotación
[16].
Con esta estrategia intentaba ganar
tiempo con el objeto de conseguir la financiación
necesaria mediante la constitución de una compañía.
El 7 de agosto de 1868 tiene lugar la escritura fundacional
de la Compañía que toma por nombre “Compañía del
Ferro-carril de Alcázar de San Juan á Quintanar de
la Orden”, con domicilio social en Madrid y cuyos
estatutos son aprobados ante el notario Luis González
Martínez con fecha de 11 de marzo de 1869. La Compañía
quedó constituida provisionalmente, para cuya constitución
definitiva debían solicitar la preceptiva autorización
del Gobierno de acuerdo a la vigente Ley de 28 de
enero de 1848 [17].
La derogación de ésta por la Ley de
19 de octubre de 1869 [18]
(de corte liberal y firmada por el Premio Nobel de
Literatura en 1904 José Echegaray y Eizaguirre), que
declaraba libre la creación de Sociedades al eliminar
el intervencionismo del Estado, lleva a que el 5 de
julio de 1870 ante el notario Mariano Demetrio de
Ortiz y Gálvez la Compañía quede constituida definitivamente
y sin más trámites [19].
El capital social se fijó en 12 millones
de reales de vellón (1.200.000 escudos) dividido en
6.316 acciones de 1.900 reales (190 escudos), emitiendo
en un primer momento 4.211 acciones necesarias para
la constitución de la sociedad, quedando el primer
consejo administrativo integrado por:
-
Presidente: José
Nacarino Bravo.
-
Vocales: Francisco
Mateu Arias Dávila Conde de Cumbres-Altas, Narciso
Buenaventura Selva, Adolfo Abreu y Rolando y Antonio
Fernández Pulido
-
Director General:
Carlos Vázquez Cervela (Coronel retirado de Artillería).
-
La Vicepresidencia
y una vocalía fueron reservadas como reclamo a nuevos
inversores.
El artículo 2 de los
Estatutos, establecía que la Compañía tendría por objeto
la construcción y explotación del Ferrocarril de Alcázar
de San Juan a Quintanar de la Orden y su continuación
hasta Cuenca si se obtuviere la autorización del Gobierno,
ante el que el concesionario Vázquez tenía presentados
los estudios realizados al efecto.
Por otra parte, el artículo
8 fijaba que el concesionario renunciaba y traspasaba
a la Compañía todos los derechos sobre la concesión
y a cambio recibiría 2.000.000 de reales de vellón por
la inversión ya efectuada a fecha 1 de enero de 1869.
La constitución de la
Compañía no solventó los problemas financieros ya que
no llegó a cubrir todo el capital social y unido a la
crisis de crédito iniciada en 1866, abocaron a la Sociedad
a solicitar con fecha de 9 de julio de 1870 una segunda
prórroga por un año.
El Gobierno atendió la
demanda por Real orden de 18 de noviembre de 1870 “considerando
las críticas circunstancias por las que atraviesa el
crédito y los esfuerzos que la empresa hace para concluir
las obras, como las dificultades con que, por las mismas
causas económicas, había de luchar el nuevo concesionario
si se declarase la caducidad para terminar con rapidez
el camino”, concediendo un año más de prórroga,
a los tres anteriormente otorgados, pero con la advertencia
de declarar la caducidad de la concesión si el 7 de
junio de 1871 (fecha en que dicha prórroga expiraba),
no se hallaba concluido el Ferrocarril [20].
En abril de 1871, las
obras de la vía se encontraban casi terminadas y un
estudio económico realizado para analizar la viabilidad
del proyecto arrojaba las siguientes cifras [21]:
| Expropiaciones
Movimiento de tierras
Obras necesarias para la terminación de las estaciones
de Miguel Esteban y Quintanar
Telégrafo
Balasto
Traviesas
Asiento de vía
Casas de guarda y pasos a nivel
Total (reales
de Vellón):
Material (máquinas,
vagones, coches, carriles, plataformas, etc.)
Total (reales
de Vellón): |
10.000
35.000
50.000
50.000
360.000
320.000
154.000
160.000
1.139.000
3.000.000
3.000.000 |
Suma
Total: |
4.139.000 |
Subvenciones de los pueblos:
Quintanar de la Orden
Miguel Esteban
Alcázar de San Juan
Total: |
400.000
130.000
150.000
680.000 |
Quedan: |
3.459.000 |
| Créditos de los contratistas que
entran en la nueva Sociedad |
1.700.000 |
TOTAL
GENERAL: |
5.159.000 |
| Producto líquido de la vía
en explotación |
600.000 |
Quizá buscando otra alternativa,
con fecha de 28 de abril de 1871, Carlos Vázquez Cervela
remite una nueva instancia al Ministerio de Fomento
solicitando, como concesionario de la línea, la transferencia
de la concesión a favor de Esteban Alfonso Lorain, que
le es concedida por Real orden de 25 de mayo de 1871
[22].
La transferencia de la
concesión a la Compañía, contemplada en sus Estatutos,
nunca se llevó a cabo como expone dicha orden, en la
que considera a la Compañía solo constructora y explotadora
y, a pesar de estar próxima la caducidad de la concesión
por haber agotado los 4 años máximos de prórroga (Decreto-ley
de 29 de diciembre de 1866), se accedió a la petición
puesto que el concesionario gozaba aún de sus derechos.
La extendida práctica
dilatoria de ir solicitando prórrogas concluiría con
la otorgada por Ley de 24 de julio de 1871 [23], entrando en caducidad
el 7 de abril de 1872, una vez expirado el último plazo
concedido de diez meses.
Ese mismo año la Compañía
entra en quiebra nombrándose una Comisión liquidadora
de acreedores contra la Compañía del Ferrocarril de
Alcázar de San Juan a Quintanar de la Orden (en adelante
"la Comisión liquidadora") que se perderá en sucesivos
pleitos y reclamaciones entre los acreedores.
A pesar de la caducidad
en firme, en un intento desesperado de rentabilizar
su inversión de algún modo, la Comisión liquidadora,
aprueba en la Junta general celebrada el 30 de diciembre
de 1875 un convenio de cesión a favor de Pedro García
de la Torre, apoderado de Enrique Fernández Villaverde.
Previamente la Comisión liquidadora ya había llegado
a un acuerdo con Lorain (concesionario reconocido por
la Administración), para que les traspasara la concesión,
del que ya se había dado cuenta en la Junta celebrada
el 29 de diciembre de 1872. Pero surge otro contratiempo;
la demencia declarada en el concesionario Lorain que
retrasaría la firma del convenio hasta que un Tribunal
determinara la personalidad de su representación legal
que recaería sobre su mujer Maria Fornieria.
Tras el fallo del Tribunal,
la Comisión liquidadora solicitó el 31 de enero de 1877
la aprobación de la renuncia y transferencia de la concesión
a su favor. Esta propuesta sería desestimada por Real
orden de 23 de agosto de 1877 alegando que los derechos
sobre la concesión habían caducado el 7 de abril de
1872, fecha en la que expiró la prórroga concedida por
Ley de 24 de julio de 1871, declarando al mismo tiempo
su caducidad [24].
Declarada caducada definitivamente
la concesión por Real orden de 17 de enero de 1878,
de acuerdo a lo establecido en los artículos 25 a 28
de la Ley de 1855 para estos casos, la Administración
procedió a subastar las obras ejecutadas junto con la
concesión, hasta por tres veces sin que se presentara
postor alguno. La primera subasta sería autorizada por
Real orden de 3 de septiembre de 1878 fijándose para
las 13 horas del 10 de diciembre de 1878, con la tasación
de 403.596,57 pesetas aprobada por Real orden de 13
de agosto de 1878. La segunda, autorizada por la Real
orden del 24 de diciembre de 1878 y fijada para las
13 horas del 24 de marzo por un importe de 269.064,38
pesetas (las dos terceras partes). La tercera y última,
autorizada por Real orden de 26 de marzo de 1879 y fijada
para las 13 horas de 6 de mayo de 1879 por un importe
de 201.798,28 pesetas (la mitad de la tasación) [25].
Declarada desierta esta
tercera subasta, solo quedaba aplicar el artículo 29
de la Ley de 1855, o sea, continuar las obras del ferrocarril
por cuenta del Estado, para lo cual el Gobierno, si
así lo estimaba oportuno presentaría a las Cortes el
correspondiente proyecto de ley.
Pese a que estaba contemplado
como ferrocarril de interés general, la poca importancia
de la línea y la escasez de recursos del Tesoro, desaconsejaron
esta opción. No obstante, con el fin de proporcionar
una alternativa para su terminación, valorando el avanzado
estado de ejecución y la inversión efectuada (tasada
como se ha indicado en 403.596,57 pesetas) que llegaría
a perderse si se paralizaran las obras, el Gobierno
autorizó al Ministerio de Fomento por Real Decreto de
2 de abril de 1880 [26] la presentación a las Cortes
de un proyecto de ley para otorgar a los acreedores
contra la Compañía del Ferrocarril de Alcázar de San
Juan a Quintanar de la Orden la concesión del ferrocarril.
El proyecto de ley fue
leído en la sesión de las Cortes de 7 de abril [27]
y aprobado por Ley de 25 de junio de 1880 [28] en los siguientes
términos:
1º. La concesión se
otorgaría a los acreedores contra la Compañía del
Ferrocarril de Alcázar de San Juan a Quintanar de
la Orden, legítimamente representados por su Comisión
liquidadora o en la forma que determinasen los tribunales
ordinarios.
2º. La concesión se
otorgaría con arreglo al proyecto aprobado, tarifa
y pliego de condiciones que sirvieron de base a las
tres subastas anunciadas para su concesión después
de declarada la caducidad de la primitiva.
3º. Si el Gobierno
considerase preferible sustituir la concesión con
la de un ferrocarril económico o de vía estrecha o
con la de un tranvía, utilizando las obras ya ejecutadas,
quedaría autorizado para hacerlo con sujeción a la
Ley de Ferrocarriles de 1877.
La Comisión liquidadora
solicitó el 7 de julio de 1880 la concesión con arreglo
al artículo tercero, es decir como ferrocarril económico,
instancia resuelta por Real orden de 3 de febrero de
1881 que con el dictamen del Consejo de Estado estableció
dos condiciones:
1.- Siempre que los
tribunales no determinaran otra forma de representación
y que a fin de prevenir nuevas reclamaciones (como
las presentadas por el Ayuntamiento de Quintanar y
Manuel Castellanos a los cuales consideraba como acreedores),
se convocara Junta General de acreedores bajo la presidencia
del Gobernador de la provincia con el objeto de que
éstos ratificaran las atribuciones de la Comisión
liquidadora.
2.- Si se solicitara
como sistema económico, la concesión no sería definitiva
hasta que se aprobara el correspondiente proyecto
y se aceptara el pliego de condiciones particulares
que se emitiera al respecto.
Para cumplir la primera
condición, se convocó Junta general de acreedores para
el 1 de mayo de 1881 [29] en cuya acta se reconocerían los créditos del Ayuntamiento
de Quintanar, de Ramón López de Haro y Manuel Castellanos.
Para la segunda condición,
el 18 de marzo de 1886, José Nacarino Bravo como presidente
de la Comisión liquidadora y Francisco Rodríguez Hermúa,
como secretario, presentaron una nueva instancia, solicitando
el otorgamiento de la concesión, pero esta vez con arreglo
al artículo segundo de la Ley de 25 de junio de 1880,
es decir en ancho normal y por tanto sujeto a las condiciones
ya establecidas por las cuales salió a subasta en el
año 1878.
Puesto que los tribunales
todavía no se habían pronunciado al respecto, la Comisión
liquidadora es reconocida como legítima concesionaria
por Real orden de 5 de mayo de 1886 [30].
No acabarían aquí los
conflictos, ya que las desavenencias y disputas entre
los miembros de la Comisión liquidadora y los acreedores
irían en aumento, surgiendo varias incidencias relativas
a la nulidad de la transferencia, a la validez de las
Juntas de acreedores y a sus convocatorias que harían
necesaria la intervención de las Secciones de Estado
y Gracia y Justicia de Gobernación y de Fomento del
Consejo de Estado, cuyas resoluciones servirían de base
para la Real orden de 27 de mayo de 1890, cuyas vicisitudes
pasamos a relatar a continuación.
El 4 de junio de 1886
José Nacarino Bravo y Francisco Rodríguez Hermúa presidente
y secretario respectivamente de la Comisión liquidadora,
solicitaron la aprobación de la transferencia de la
concesión a favor de Pedro García de la Torre, aportando
la correspondiente escritura de venta, el acta de la
Junta de acreedores celebrada el 30 de diciembre de
1875 en la cual se aprobó el convenio que facultaba
a la Comisión para la venta y clasificación de los títulos
y el acta de la celebrada el 1 de mayo de 1881 en la
que se ratificó el nombramiento del Presidente de aquella,
fijándose por Real orden de 14 de agosto de 1886 los
documentos que debían aportar para poder resolver pero
que sin embargo no llegarían a presentarse.
El 12 de marzo de 1887
José María Villamar y Francisco Rodríguez Hermúa presentaron
nueva instancia como “presidente accidental” y secretario
de la Comisión liquidadora para que se denegase la transferencia
tanto por no haberse presentado en tiempo algunos documentos
como por resultar lesiva para los verdaderos acreedores.
El día 15 de ese mismo
mes de marzo se registró otra, promovida esta vez por
Ángel Herráiz y Antonio Fernández en concepto
de miembros de la misma Comisión, pidiendo la desestimación
de la anterior, alegando que José María Villamar no
era presidente de ningún tipo y los firmantes no estaban
facultados por la Comisión liquidadora para tomar decisión
alguna.
La Administración mediaría
en el conflicto dictando la Real orden de 22 junio 1887
[31]
por la que, para que se pudiera autorizar la transferencia,
abría un plazo de un mes para la presentación de la
documentación establecida por la Real orden de 14 de
agosto de 1886.
Finalizado el plazo,
se resolvería por Real orden de 3 de julio de 1888,
que no procedía aprobar la transferencia al no haberla
solicitado los acreedores reconocidos y representados
en la forma que para estos casos prevenían las leyes,
fijando un nuevo plazo de ocho meses para normalizar
la representación de los acreedores.
Para ello, el secretario
de la Comisión Francisco Rodríguez Hermúa convocó Junta
para el 30 de septiembre de 1888. Sorpresivamente, ésta
sería desconvocada por Pedro García en calidad de “presidente
accidental” de la misma, emplazando en su lugar a los
acreedores para que en el plazo de 30 días presentasen
los títulos justificativos de los créditos, para su
reconocimiento y graduación en la presidencia accidental
de la Comisión situada en el Paseo de Las Acacias nº
2, domicilio distinto del habitual [32].
Contra la convocatoria
y celebración de esta Junta, el presidente titular José
Nacarino Bravo recurrió alegando que, en realidad, la
Comisión solo había citado a los acreedores para que
justificasen sus créditos, con objeto de convocar posteriormente
la oportuna Junta en la que se daría cuenta del cumplimiento
de las obligaciones de la Real orden.
Las Secciones de la Administración
emitirían dictamen por Real orden de 15 de febrero de
1889 en la que no se consideraba válida la Junta de
acreedores celebrada el 30 de septiembre, instando al
presidente a reiniciar el proceso, es decir convocar
nueva Junta general para el reconocimiento y graduación
de los créditos y una vez efectuado sería cuando la
Junta general podría tomar acuerdos otorgando facultades
concretas y explícitas a la Comisión liquidadora.
El 16 de mayo de 1890
Nacarino Bravo remitió el acta de la Junta celebrada
el 12 de mayo, que sería impugnada por varios acreedores,
entre ellos Rodríguez Hermúa (quien de hecho la había
abandonado en señal de protesta) alegando que en dicha
Junta se reconocieron como acreedores a los accionistas
de la extinta Compañía, cuyos derechos como acreedores
fueron anulados por la Junta general celebrada el día
29 de diciembre de 1872, acuerdo ratificado en la celebrada
el 30 de diciembre de 1875.
Para poner fin al conflicto
administrativo planteado, y tras los sucesivos dictámenes
de las Secciones, el Ministerio de Fomento decretó por
Real orden de 27 de mayo de 1890 [33] la nulidad de la
Junta y de todos los acuerdos adoptados, y a fin de
determinar exactamente la personalidad de aquel o aquellos
a quienes correspondía de derecho el título de concesionario,
emplazaba a los acreedores a sustanciarla ante los tribunales
ordinarios para que éstos establecieran el reconocimiento
y graduación del crédito, y con el fallo emitido, acreditar
ante la Administración haber cumplido los requisitos
y formalidades enunciados, resolviendo en los siguientes
términos:
1º. No considerar válida
la Junta de acreedores celebrada el 12 de mayo de
1890 bajo la presidencia de José Nacarino.
2º. Que los interesados
acudiesen si lo estimasen oportuno a los tribunales
ordinarios para que hiciesen la graduación de créditos
y designación de los acreedores que debían tener el
carácter de concesionarios.
3º. Que una vez emitido
el fallo, los concesionarios nombrasen a las personas
que les representasen ante la Administración, haciendo
constar con toda claridad, las atribuciones que se
les conferían.
4º. Conceder a los
acreedores un nuevo plazo de doce meses para efectuar
cuanto se prevenía en las dos disposiciones anteriores,
prorrogables solo en si los Tribunales no se hubieran
pronunciado.
Contra esta Real orden,
Nacarino Bravo como presidente de la Comisión liquidadora
interpuso recurso contencioso administrativo que fue
incoado por el Tribunal con fecha 15 de noviembre de
1890 [34].
El fallecimiento de aquel en enero de 1893 [35], “alma máter” de la Comisión liquidadora,
llevaría, tras una providencia de la Sala dictada el
14 de junio de 1893 [36]
requiriendo a quien ejerciera la representación de la
Comisión liquidadora, al archivo del recurso dando por
desestimada la demanda.
Mientras se sustanciaba
este pleito, a instancia del Vocal de la Comisión Ángel
Herráiz y de Pedro García de la Torre, el Ministerio
de Fomento decretó por Real orden de 22 de febrero de
1894 que quedase sin efecto la transferencia solicitada
por la Comisión liquidadora y se anulase la concesión
otorgada por la Real orden de de mayo de 1886, declarando
viva y en todo su vigor la Ley especial de 25 de junio
de 1880 (la Ley que había autorizado al Gobierno a otorgar
la concesión a los acreedores de la Compañía).
Una vez firme la Real
orden de 27 de mayo de 1890 por el fallo del Tribunal
de lo Contencioso Administrativo, y para cumplir la
disposición segunda de aquella (reconocimiento ante
los Tribunales), Villamar acudió a los Tribunales solicitando
la declaración de acreedor de la Compañía. Admitida
la demanda, el Juez emplazaría al resto de los acreedores
a presentar alegaciones [37].
No presentándose alguna, por sentencia del Juzgado de
primera instancia del distrito de la Audiencia de Madrid
de fecha 28 de diciembre de 1895, Villamar es declarado
como único acreedor que había justificado este carácter,
reconociéndole a efectos de la Real orden de 27 de mayo
de 1890 como acreedor de la Compañía, por un crédito
de 166.549,69 pesetas.
Transcurridos doce meses
desde que se dictó la sentencia sin que se presentara
recurso alguno, adquiere carácter de firme, lo que permitiría
a Villamar solicitar al Ministerio la concesión al ser
el único acreedor reconocido por los Tribunales y que
había cumplido las prescripciones y requisitos formales
establecidos en la Real orden de 27 de mayo de 1890.
Con el dictamen emitido
por las Secciones de Estado y Gracia y Justicia y Gobernación
y Fomento del Consejo de Estado, la Dirección general
de Obras públicas otorgaría finalmente a José María
Villamar y Rodríguez la concesión del Ferrocarril de
Alcázar de San Juan a Quintanar por Real orden de 20
de diciembre de 1897 [38], exigiéndole un depósito como garantía
de 77.503 pesetas.
El 4 de enero de 1898
Villamar solicitó la exención de la fianza que sería
desestimada cuatro días después (el 8 de enero), instándole
por Real orden de 3 de febrero a que en el plazo de
5 días justificase haber constituido el depósito. Transcurrido
dicho plazo sin haber hecho efectivo el pago, la Dirección
general de Obras públicas declararía sin efecto la concesión
otorgada, por Real orden de 21 de febrero [39].
Puesto que la Ley especial
de 25 de junio de 1880 autorizaba a otorgar la concesión
a los acreedores y Villamar resultó ser el único reconocido
por los Tribunales, en dicha orden se dispuso también
que no se anunciase nueva subasta, agotando de esta
manera cualquier posibilidad de reactivar el proceso.
El carpetazo definitivo
al Ferrocarril de Alcázar de San Juan a Quintanar de
la Orden se daría por Ley de 25 de diciembre de 1912
[40] disponiendo, en artículo único,
la segregación de este ferrocarril del plan general
anexo a la Ley de Ferrocarriles de 23 de noviembre de
1877.
Tras varios intentos
infructuosos como el proyecto de un tranvía a vapor
que, partiendo de Colmenar de Oreja y pasando por Villamanrique,
Santa Cruz de la Zarza, Villatobas, Corral de Almaguer,
Pueblas de Don Fadrique y Almuradiel (sic), Quintanar
de la Orden y Miguel Esteban, terminara en Alcázar de
San Juan [41], Quintanar de la Orden tuvo finalmente
su ferrocarril.
El Ferrocarril de Villacañas
a Quintanar de la Orden sería concedido por
Real orden de 24 de junio de 1907 [42] a Cipriano Tejero
Sánchez al amparo de la Ley de Ferrocarriles Secundarios
de 30 de julio de 1904 [43], siendo inaugurado
en vía estrecha el 1 de enero de 1909 y transformado
a ancho ibérico el 8 de abril de 1929.
Miguel Esteban puede
ufanarse de dar nombre a la calle por donde hubo de
discurrir el trazado de este Ferrocarril con la espléndida
denominación de “Vía Férrea”, cuya cerámica ilustra,
como imagen representativa del Ferrocarril de Alcázar
de San Juan a Quintanar de la Orden, esta modesta Web.
NOTAS:
| [1] |
Real órden autorizando
á D. Pedro Nolasco Mota y otros para hacer
los estudios de un ferro-carril que desde
Quintanar de la Orden vaya á enlazarse con
el de Madrid á Almansa.
Gaceta de Madrid nº 1273, de 29/6/1856,
página 1. |
| [2] |
Real órden autorizando
á D. Lorenzo Guillelmi para verificar los
estudios de un ferro-carril de Quintanar de
la Orden á Cuenca.
Gaceta de Madrid nº 104, de 14/4/1862,
página 1. |
| [3] |
Ferro-carril de Cuenca
á Alcázar de San Juan.
El Contemporáneo (Madrid). 22/12/1863,
nº 911, página 2. |
| [4] |
Ferro-carril de Cuenca
á Alcázar de San Juan.
Gaceta de los caminos de hierro. 10/1/1864,
páginas 5 y 6. |
| [5] |
Ley autorizando al Gobierno
de S. M. para otorgar la concesión de un ferro-carril
que, empalmando en Alcázar de San Juan, llegue
á Quintanar de la Orden.
Gaceta de Madrid nº 87, de 27/3/1864,
página 1. |
| [6] |
Real órden otorgando
la concesión del ferro-carril de Alcázar
de San Juan á Quintanar de la Orden.
Gaceta de Madrid nº 165, de 13/6/1864,
páginas 1 a 2. |
| [7] |
Ley clasificando los
ferro-carriles y demás particulares sobre
este asunto.
Gaceta de Madrid nº 886,
de 6/6/1855, página 1. |
|
[8] |
Ayer
se inauguraron las obras del ferrocarril
desde Alcázar de San Juan á Quintanar.
La Época (Madrid. 1849). 7/7/1864,
nº 5.013, página 4.
Inauguración de los trabajos
de la línea férrea de Alcázar a Quintanar
de la Orden y Cuenca.
El Contemporáneo (Madrid). 8/7/1864,
nº 1.075, páginas 3 y 4.
Inauguración de los trabajos
del ferro-carril de Alcázar á Quintanar
de la Orden.
El Clamor público (Madrid). 8/7/1864,
nº 1.193, página 3. |
| [9] |
El Contemporáneo (Madrid).
10/7/1864, nº 1.077, página 3. |
| [10] |
Gaceta de los caminos de hierro. 2/10/1864,
página 4. |
| [11] |
Gaceta de los caminos de hierro. 5/11/1865,
página 3. |
| [12] |
Edicto de fecha 1 de
diciembre de 1865 en virtud de la providencia
del juez Julián Martínez Yauguas para la
venta en pública subasta de diversos bienes
embargados a Carlos Vázquez Cervela. |
| [13] |
Otras fuentes se refieren
a él como Carlos Augusto Morcan.
Gobierno de la Provincia de Toledo. Circular
nº 391 - Ferro-carriles. Comunicado con
fecha 13 de abril del Director general
de Obras públicas al Gobernador.
El Tajo (Toledo. 1866). 30/4/1866, página
6. |
| [14] |
Real órden aprobando
la transferencia hecha por el concesionario
del ferro-carril de Alcázar de San Juan
á Quintanar de la Orden á favor de D. Cárlos
Augusto Moreau.
Gaceta de Madrid nº 108,
de 18/4/1866, página 1. |
| [15] |
Órden dejando sin efecto
la trasferencia de la concesión del ferro-carril
de Alcázar de San Juan á Quintanar de la
Orden, hecha por D. Cárlos Vázquez Cervelo
á D. Cárlos Augusto Moreau.
Gaceta de Madrid nº 3, de
03/1/1867, página 1. |
| [16] |
Real órden prorogando
hasta 7 de Junio de 1869 el plazo para la
construcción del ferro-carril de Alcázar
de San Juan.
Gaceta de Madrid nº 233,
de 21/8/1867, página 4. |
| [17] |
Ley disponiendo que
no se podrá constituir ninguna compañía
mercantil, cuyo capital, en todo ó en parte,
se divida en acciones, sino en virtud de
una ley ó de un Real decreto; y más que
se expresa.
Gaceta de Madrid nº 4905,
de 18/2/1848, página 1. |
| [18] |
Ley declarando libre
la creación de Bancos territoriales, agrícolas
y de emisión y descuento, y de sociedades
de crédito.
Gaceta de Madrid nº 294,
de 21/10/1869, página 1.
Ley (rectificada) declarando
libre la creación de Bancos, sociedades
y demás instituciones de crédito.
Gaceta de Madrid nº 314,
de 10/11/1869, página 1. |
| [19] |
Compañía del Ferro-carril
de Alcázar de San Juan á Quintanar de la
Orden. Estatutos.
Gaceta de Madrid nº 210,
de 29/7/1870, páginas 4 a 6. |
| [20] |
Orden concediendo un
año más de próroga para la terminación del
ferro-carril de Alcázar de San Juan á Quintanar
de la Orden.
Gaceta de Madrid nº 333,
de 29/11/1870, página 1. |
| [21] |
Gaceta de los caminos de
hierro. 9/4/1871, páginas 5 y 6. |
| [22] |
Órden aprobando la
trasferencia de la concesión del ferrocarril
de Alcázar de San Juan á Quintanar de la
Orden á favor de D. Estéban Alfonso Lorain,
en la forma que se expresa.
Gaceta de Madrid nº 155,
de 4/6/1871, página 1285. |
| [23] |
Ley concediendo próroga
de 10 meses para terminar las obras del
ferro-carril de Alcázar al Quintanar de
la Orden.
Gaceta de Madrid nº 211,
de 30/7/1871, páginas 349 a 350. |
| [24] |
Real órden desestimando
una petición de la Junta liquidadora del
ferro-carril de Alcázar á Quintanar y declarando
caducada la concesión del mismo.
Gaceta de Madrid nº 241,
de 29/8/1877, página 598. |
| [25] |
Dirección general de
Obras públicas, Comercio y Minas.- Ferro-carriles.-
Subasta de concesión del ferro-carril de
Alcázar de San Juan á Quintanar de la Orden.
Pliego de condiciones.
Gaceta de Madrid nº 260,
de 17/9/1878, páginas 806 a 807.
Real orden disponiendo
que se anuncie la segunda licitación para
la concesión del ferro-carril de Alcázar
de San Juan á Quintanar de la Orden.
Gaceta de Madrid nº 6, de
6/1/1879, página 57.
Dirección general de
Obras públicas, Comercio y Minas.- Ferro-carriles.-
Relación del material y efectos que podrán
introducirse del extranjero para la construcción
del ferro-carril de Alcázar de San Juan
á Quintanar de la Orden, con arreglo al
art. 20 párrafo quinto de la ley general
de 3 de Junio de 1855.
Gaceta de Madrid nº 6, de
6/1/1879, página 58.
Real órden disponiendo
que se anuncie la tercera y última subasta
para la concesión del ferro-carril de Alcázar
de San Juan á Quintanar de la Orden.
Gaceta de Madrid nº 108,
de 18/4/1879, páginas 162 a 163. |
| [26] |
Real decreto autorizando
al Ministro de Fomento para presentar á
las Cortes un proyecto de ley facultando
al Gobierno para otorgar á los acreedores
contra la Compañía del ferro-carril de Alcázar
de San Juan á Quintanar de la Orden la concesión
del citado ferrocarril.
Gaceta de Madrid nº 99, de
8/4/1880, páginas 57 a 58. |
| [27] |
Congreso. Sesión del
día 7 de Abril.
La Época (Madrid. 1849). 7/4/1886,
nº 5.013, página 3. |
| [28] |
Ley autorizando al
Gobierno para otorgar á los acreedores contra
la Compañía del ferro-carril de Alcázar
de San Juan á Quintanar de la Orden la concesión
del citado ferro-carril.
Gaceta de Madrid nº 178,
de 26/6/1880, página 769. |
| [29] |
Noticias oficiales.-
Ferro-carril de Alcázar de San Juan á Quintanar
de la Órden.
Gaceta de Madrid nº 91, de
1/4/1881, páginas 7 a 10. |
| [30] |
Real orden otorgando
á la Comisión liquidadora de los acreedores
contra la Compañía del ferrocarril de Alcázar
de San Juan á Quintanar de la Orden la concesión
del expresado ferrocarril en los términos
que se mencionan.
Gaceta de Madrid nº 146,
de 26/5/1886, páginas 572 a 573. |
| [31] |
Real orden declarando
que no existen para la Administración pública
más concesionarios del ferrocarril de Alcázar
de San Juan á Quintanar de la Orden que
los acreedores de la antigua Compañía de
la misma línea representados por su Comisión
liquidadora.
Gaceta de Madrid nº 189,
de 8/7/1887, página 68. |
| [32] |
Noticias oficiales.-
Compañía del ferrocarril de Alcázar de San
Juan á Quintanar de la Orden.
Gaceta de Madrid nº 244,
de 31/8/1888, páginas 636 a 637.
Noticias Oficiales.-
Comisión liquidadora de los acreedores contra
la Compañía del ferrocarril de Alcázar de
San Juan á Quintanar de La Orden.
Gaceta de Madrid nº 272,
de 28/9/1888, páginas 927 a 928. |
| [33] |
Dirección general de Obras
públicas.- Ferrocarriles.- Autorización al
Gobierno para otorgar á los acreedores contra
la Compañía del Ferrocarril de Alcazar de
San Juan á Quintanar de la Orden la concesión
del citado ferrocarril.
Gaceta de Madrid nº 185, de
4/7/1890, página 35. |
| [34] |
Consejo de Estado.
Tribunal de lo Contencioso administrativo.-
Relación de los pleitos incoados ante este
Tribunal. |
| [35] |
Fallecidos en Madrid.
El Día (Madrid. 1881). 14/1/1893, página
2. |
| [36] |
Tribunal de lo
Contencioso Administrativo. Edicto de fecha
14 de junio de 1893.- Se requiere á quien
ejerza la representación de la Comisión liquidadora
de acreedores del ferrocarril de Alcázar de
San Juan á Quintanar en el pleito promovido
contra la Real orden expedida por el Ministerio
de Fomento en 27 de Mayo de 1890. |
| [37] |
Edicto de fecha 15
de junio de 1894. En virtud de providencia
del Juez de primera instancia del distrito
de la Audiencia de Madrid, Laurentino Ocampo,
dictada en el juicio promovido por D. José
María Villamar y Rodríguez sobre reconocimiento
y graduación de créditos de los acreedores
del ferrocarril de Alcázar de San Juan á
Quintanar de la Orden, se ha acordado admitir
la demanda y emplazar á los acreedores para
que en el improrrogable término de nueve
días se personen para ejercer los derechos
que concede la Real orden de 27 de Mayo
de 1890.
Edicto de fecha 23 de
julio de 1894 del Juez de primera instancia
del distrito de la Audiencia de Madrid,
Laurentino Ocampo, emplazando por segunda
vez a los acreedores en el improrrogable
término de cinco días, apercibiéndoles de
que de no hacerlo, se les tendrá por decaídos
del derecho que concede la Real orden de
27 de mayo de 1890. |
| [38] |
Dirección general de
Obras públicas.- Ferrocarriles.- Concesión
y construcción.- Concesión del ferrocarril
de Alcázar de San Juan á Quintanar de la
Orden. Pliego de condiciones.
Gaceta de Madrid nº 360,
de 26/12/1897, páginas 956 a 958. |
| [39] |
Dirección general de
Obras públicas.- Ferrocarriles.- Concesión
y construcción.- Concesión del ferrocarril
de Alcázar de San Juan á Quintanar de la
Orden.
Gaceta de Madrid nº 70, de
11/3/1898, página 846. |
| [40] |
Ley segregando del
plan general, anexo á la de 23 de Noviembre
de 1877, el ferrocarril denominado de Alcázar
de San Juan á Quintanar de la Orden.
Gaceta de Madrid nº 365,
de 30/12/1912, página 979. |
| [41] |
Leyes sancionadas por
S. M. autorizando el establecimiento de
una doble línea entre Bilbao y Las Arenas,
y la concesión de otros varios ferrocarriles.
Gaceta de Madrid núm. 72,
de 12/3/1904, páginas 1021 a 1022.
Ley reformando el art.
1º. de la ley de 11 de Marzo de 1904 sobre
concesión de un ferrocarril de Colmenar
de Oreja á Alcazar de San Juan.
Gaceta de Madrid núm. 215,
de 2/8/1904, página 390. |
| [42] |
Dirección general de
Obras públicas.- Ferrocarriles.- Aprobando
las tarifas presentadas por el peticionario
del ferrocarril secundario de Villacañas
á Quintanar de la Orden, y otorgando al
referido peticionario, D. Cipriano Tejero
Sánchez, la concesión del citado ferrocarril.
Gaceta de Madrid nº 179,
de 28/6/1907, páginas 1222 a 1223. |
|
[43] |
Ley referente á los ferrocarriles
secundarios.
Gaceta de Madrid nº 215,
de 2/8/1904, páginas 385
a 387. |
|
|